Inválida retención sobre intereses pagados por el Estado

No procede retención del ISR sobre el monto entregado al contribuyente por concepto de intereses pagados por indemnización

DEVOLUCIÓN. PAGO DE INTERESES EN TÉRMINOS DEL ART 22-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN OPINIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, NO ESTAN GRAVADOS EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 9, 158, 159 Y 160 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. De lo dispuesto por los indicados numerales se desprende que la naturaleza de los intereses regulados en los citados ordenamientos legales es diversa, lo anterior en virtud de que los intereses conforme a los artículos 9, 158 y 159 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, derivan de una actividad desplegada por el contribuyente, mediante la cual obtiene ingresos que modifican su patrimonio, y por los que tiene que pagar el gravamen respectivo; mientras que los intereses conforme al artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación, constituye un pago por mora, ocasionado por la omisión de la autoridad fiscal de efectuar en tiempo y forma la entrega del saldo a favor o del pago indebido a un contribuyente. Por tanto, en opinión del órgano jurisdiccional, no resulta válido considerar que si la autoridad fiscal entrega al contribuyente intereses derivados de la negligencia, dolo o mala fe en el pago de que se trate fuera del tiempo y forma legales, deban gravarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160, primer párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, concomitantemente, también a criterio de la sala del conocimiento, del análisis de los preceptos referidos no se observa la facultad de la autoridad fiscal ni la obligación del contribuyente de pagar impuesto sobre la renta por concepto de intereses en términos del artículo 22-A mencionado, de lo cual se sigue que el SAT, al emitir la resolución que ordena la retención del impuesto a los intereses devueltos, se extralimita de las facultades que la ley le concede, pues los artículos indicados de la Ley del Impuesto sobre la Renta no hacen referencia a algún tipo de retención respecto del monto que se entregue al contribuyente por concepto de intereses pagados por indemnización.

Juicio contencioso administrativo. Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. 2014.

 

Clave:  11/2014 (Aprobado 3ra. Sesión Ordinaria 28/03/2014)