Cambios en declaración mensual de personas físicas RESICO

A partir del ejercicio 2023 se modifican las declaraciones de impuestos de las personas físicas que tributan en el RESICO

Las personas físicas que tributan el Régimen simplificado de Confianza (RESICO) tienen entre otras obligaciones, presentar pagos mensuales; estos se determinarán considerando el total de los ingresos efectivamente percibidos por su actividad que estén amparados por CFDI, sin incluir el IVA y sin aplicar deducción alguna, a los que se aplicará la tasa aplicable, según el rango de ingresos (arts. 113-E, quinto párrafo y 113-G, fracción VI, LISR).   

LEE: CAMBIOS EN LA DECLARACIÓN PRELLENADA RESICO

Para estos efectos, las reglas reformadas 3.13.7. y 3.13.19. de la RMISC 2023, precisan que la información prellenada también incluirá, adicional a los CFDI emitidos de tipo ingreso, los de egreso y de pago, en el periodo de pago tanto para el ISR como para la determinación del IVA, por ello el formulario integra esa información como sigue:

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 .  (Foto: IDC online)

Asimismo se abren los espacios para disminuir y aumentar ingresos, lo cual hace que la información se ajuste a situaciones reales del contribuyente, lo que facilitará una mejor y más eficiente presentación de la declaración para este tipo de contribuyente, como se muestra a continuación:

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 .  (Foto: IDC online)

Es importante considerar estas modificaciones en la determinación de las declaraciones de impuestos de este tipo de contribuyentes, toda vez que cuando se omitan tres o más pagos mensuales en un año calendario, dejarán de tributar conforme a este régimen (art. 113-I LISR), además esto da lugar a la imposición de las sanciones correspondientes, en tanto que el beneficio de no presentar pagos mensuales y pagar el ISR en la declaración del ejercicio, únicamente se instituyó para el ejercicio 2022 (art. Segundo Transitorio, fracción VIII, LISR 2012)