Después de extender la prórroga hasta el 31 de marzo, el CFDI 4.0 comienza su vigencia como formato obligatorio este el 1 de abril de 2023, con lo que el esquema vigente desde 2017 de las facturas electrónicas con CFDI 3.3 serán reemplazadas definitivamente, advirtió Alegra.
En caso de que los contribuyentes no atiendan a esta obligación, la firma señaló que el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación señala que las multas por no entregar o poner a disposición de los clientes los CFDI de tus actividades, pueden ir de entre los 17,000 y 97,000 pesos y en caso de reincidencia pueden clausurar el negocio de entre tres a 15 días.
Explicó que en comparación con el formato 3.3, el CFDI 4.0 tiene algunas modificaciones como la inclusión de datos de las dos partes que participen en la operación, así como el nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal. Además, se vuelve obligatorio especificar el motivo de cancelación de facturas, siendo posible cancelar solo los comprobantes correspondientes al ejercicio fiscal en curso.
Las nuevas reglas al momento de la cancelación son:
- especificar el motivo de la cancelación de los comprobantes
- al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01: ‘Comprobante emitido con errores con relación’, deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado
- se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago
- se incorporan validaciones que realizan los proveedores de certificación de CFDI