Corrigen error en plantilla de la ISSIF

El IMCP detalló los campos a utilizar en la nueva plantilla para realizar el trámite correctamente

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 .  (Foto: Getty)

La presentación por internet de la información sobre situación fiscal (ISSIF) presentó fallas al momento de capturar los datos en la pantalla del aplicativo que el SAT tiene en su portal web; no obstante, este error ya fue corregido, de acuerdo con lo publicado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Según lo precisado en el Folio 21/2022-2023 emitido por el organismo, el SAT respondió la solicitud de corrección que afectaba a los contribuyentes, a fin de que el IMCP verificara que  ya está funcionando adecuadamente.

“Se realizaron las pruebas solicitadas y hemos podido comprobar que ya quedó corregido el error de bloqueo de datos del aplicativo de la ISSIF en el apartado del contribuyente, solo habrá que tener en consideración que, para poder modificar las celdas, debemos utilizar una nueva plantilla y descargar primero un archivo .sipredx con la información del contribuyente para que el sistema descargue en esta la información de su base de datos, una vez hecho esto el sistema permite que sean modificados los datos del contribuyente que tienen algún error o que deban ser actualizados”, precisó.

No obstante, el instituto detalló que no se podrá realizar esta corrección en plantillas utilizadas con anterioridad.

Por otra parte, es necesario que los contribuyentes tomen en cuenta que deben cumplir con ciertos aspectos tecnológicos para que el trámite pueda ser realizado correctamente. En específico el SAT detalló las características mínimas del equipo de cómputo:

  • procesador intel core i3  iv a 1.7 ghz o superior
  • 4 gb en memoria ram (8gb recomendado)
  • sistema operativo microsoft windows  7 en adelante
  • Microsoft office 2010, 2013 o 2016 a 32 o 64 bits
  • internet explorer versión 11 o superior
  • espacio libre en disco duro total de 1gb

Cabe señalar que no todos los contribuyentes están obligados a presentar la ISSIF, solo los que se encuentran en los siguientes supuestos:

  • que en el ejercicio inmediato anterior hayan consignado ingresos acumulables superiores a $904,215,560.00 (Cantidad actualizada en el Anexo 5, de la RMISC para 2022, publicada en el DOF el 05 de enero de 2022)
  • que al cierre del ejercicio inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores
  • sociedades del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades
  • entidades paraestatales de la administración pública
  • personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país
  • personas morales residentes en México, respecto de las operaciones con residentes en el extranjero
  •  contribuyentes partes relacionadas de aquellos obligados a dictaminar estados financieros para efectos fiscales