Es momento de resolver todas tus dudas sobre la declaración anual de personas físicas y por suerte nos tienes a nosotros. En este capítulo de Brújula Legal responderemos las siguientes preguntas:
- ¿Si un trabajador presta sus servicios a dos o más patrones, cada patrón puede aplicar la exención del ISR?
- ¿Qué ingresos se deben manifestar como datos informativos obligatorios en la declaración anual?
- ¿En qué supuesto una persona física debe declarar sus ingresos que superen los 500 mil pesos?
- ¿Los contribuyentes de RESICO PF pueden aplicar deducciones personales?
- ¿Cómo presentarán la declaración anual las personas de RESICO cuando obtengan ingresos por salarios e intereses?
- ¿Si se genera un saldo a favor derivado de la declaración anual se debe cumplir con algún requisito?
- ¿Qué deducciones no se deben considerar para el límite de los 5 salarios mínimos y el 15% de los ingresos?
- ¿Si pague colegiaturas pero en el CFDI no se incorporó el complemento IEDU, puedo clasificar la factura para aplicar el estímulo?
- ¿Los contribuyentes de arrendamiento que realizaron la venta de un inmueble que rentaban, que tratamiento fiscal le debe dar a esa operación?
Recuerda que las personas físicas que tributan en el Régimen General de Ley, y que resulten con saldo a favor, deben ingresar con su contraseña si el monto del salgo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, también si el monto del saldo es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando se utilice la cuenta CLABE precargada.
En caso de que el saldo a favor sea superior a los 10 mil pesos y se captura una nueva cuenta CLABE será necesario ingresar por medio de la e.firma (regla 2.3.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023).
Si has tenido problemas con el aplicativo del SAT y consideras que hay muchos problemas que te impiden presentar tu declaración, déjanos tus comentarios en redes sociales.