La “Cuarta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2023” se publicó en el DOF del 26 de junio de 2023, la cual contiene los siguientes ajustes:
Regla
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Ajuste
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4.5.1. Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas y morales, formato, periodo y medio de presentación
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Se incluyen en esta a los integrantes de un área unificada conforme a un Acuerdo o Resolución de Unificación, aprobado o emitida por la Secretaría de Energía, respecto a la declaración informativa prevista en el artículo 32, fracciones V y VIII de la LIVA
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10.28. Operación del asignatario designado como operador de un área unificada
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(Nueva regla) Sobre la Ley de Ingreso sobre Hidrocarburos, se dictan algunas medidas que deberá seguir el designado como operador de un área unificada, referente a la determinación del ISR del asignatario
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10.29. Operación del contratista cuando un asignatario es designado como operador de un área unificada
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(Nueva regla) De la Ley de Ingreso sobre Hidrocarburos, se fijan ciertas medidas que deberá seguir el contratista designado como operador de un consorcio que forma parte de un área unificada relativa a la determinación del ISR del asignatario
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10.30. Determinación del IVA por el asignatario designado como operador de un área unificada
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(Nueva regla) Se establece para la determinación del IVA, el asignatario que sea designado como operador de un área unificada, estará a lo siguiente:
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10.31. Determinación del IVA acreditable por parte del contratista designado como operador del consorcio que forme parte de un área unificada donde un asignatario sea el operador
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(Nueva regla) Se dispone que el contratista designado como operador del consorcio que forme parte de un área unificada en la que un asignatario sea designado como operador, podrá acreditar, en forma individual, la parte proporcional del total del IVA acreditable que le corresponda, siempre que dicho asignatario expida el CFDI que cumpla con la regla 10.32. |
10.32. Comprobantes fiscales por los costos, gastos o inversiones efectuados por el asignatario designado como operador de un área unificada
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(Nueva regla) Facilidad para el asignatario de emitir CFDI (que amparan los costos, gastos e inversiones efectuados derivados de la ejecución del acuerdo o resolución de unificación) de forma mensual.
En esta regla se dan a conocer los términos y condiciones en los que se deben expedir los comprobantes
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13.1. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos
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Continúa la tendencia de otorgar prórrogas para el cumplimiento de DUC por parte de los asignatarios. En esta ocasión, los relativos:
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Los cambios a la RMISC 2023 entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMISC 2023.