OCDE y sus directrices en materia de precios de transferencia

Pronunciamiento del TFJA respecto a la importancia de este organismo internacional

IMPUESTO SOBRE LA RENTA. NATURALEZA Y APLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EMITIDAS POR LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE).- Las directrices que emite la citada organización, son principios de fiscalidad internacional que tienen como objetivo asegurar el impuesto que corresponde a cada jurisdicción, así como evitar la doble tributación y con ello, evitar los conflictos entre las administraciones tributarias, a la vez que promueven el comercio y la inversión internacional. En la normativa interna, su aplicación está establecida en el último párrafo del artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual dispone la posibilidad de acudir a las Guías sobre Precios de Transferencia que emite la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con la finalidad de interpretar lo relativo al Capítulo II (del Título VI), del citado ordenamiento, relativo a las Empresas Multinacionales. En ese sentido, acorde a la finalidad de las directrices que emite ese Organismo y la cláusula en la normativa interna, que habilita su aplicación, se concluye que las Directrices que en materia de Precios de Transferencia emite la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, constituyen una fuente de interpretación primordial para la resolución de controversias en esa materia.

 

Clave: IX-P-SS-207.