Cambiará definición de paraíso fiscal

La percepción positiva de "paraíso fiscal" requiere una nueva definición que refleje sus implicaciones financieras con mayor precisión

Se ha señalado que una de las maneras más efectivas para normalizar comportamientos éticamente cuestionables es crear narrativas positivas en torno a ellos; el lenguaje suele validar conductas inaceptables.

Por ello, ciertos activistas europeos (Plataforma de Justicia Fiscal) consideraron necesario solicitar a la Real Academia Española (RAE) cambiar a la definición de paraíso fiscal, pues la actual, le otorga tintes benéficos que no retratan el verdadero sentir de lo que es esta figura fiscal, la cual ha afectado las finanzas de muchos países.

Actualmente la Real Academia Española de la Lengua define al paraíso fiscal como:

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 .  (Foto: IDC online)

Esta definición parece legitimar o dar un sentido positivo al paraíso fiscal, al entenderlo como un régimen atractivo para la inversión y no como un lugar para la evasión y elusión fiscal.

En abril de 2023, la Comisión de Ciencias Sociales de la RAE decidió que la definición de paraíso fiscal se cambiará acorde con la que maneja el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico. Dicho diccionario lo define como:

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 .  (Foto: IDC online)

Esta definición se incorporará en diciembre próximo, adicionalmente se señala que incluirá la expresión refugio fiscal como la traducción correcta del concepto en inglés de paraíso fiscal.


Cómo reconoce México a los paraísos fiscales

Hay que recordar que la legislación mexicana, en específico la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) utiliza el concepto de regímenes fiscales preferentes (Refipres) regulados en el Título VI de ese ordenamiento, aunque la fracción XLII del artículo noveno transitorio de la LISR del decreto de reformas para 2014 se refiera a territorios.

De conformidad con el artículo 176 del mencionado ordenamiento, se consideran ingresos sujetos a Refipres, los que no están gravados en el extranjero o que estándolo su tasa impositiva es inferior al 75 % del Impuesto sobre la Renta (ISR) que se causaría y pagaría en México.

A nivel fiscal internacional se conoce a los llamados paraísos fiscales como jurisdicciones de baja imposición fiscal

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