¿PF pueden pagar en parcialidades impuesto a cargo tras declaración anual?

Si ya realizaste tu declaración anual y resultó con impuesto a pagar, se puede acceder a este proceso de pago si se cumple con lo siguiente

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 .  (Foto: Adobe Stock)

Llegó el momento de presentar la declaración anual si eres persona física ( 1 al 30 de abril de 2024), este proceso forma parte de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, pero también trae contratiempos para los pagadores de impuestos que no tomaron previsiones económicas.

En ese sentido, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que aquellos contribuyentes que resulten con un impuesto a pagar después de presentar su declaración anual, podrán realizar el pago en parcialidades.

Según lo establecido por el organismo, estos contribuyentes tienen la opción de liquidar dicho impuesto en hasta seis parcialidades, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos y plazos establecidos.

¿Cómo puedo saber si puedo pagar en parcialidades?

Es importante destacar que esta medida es válida únicamente si la declaración se realiza dentro del período establecido, es decir, durante el mes de abril de 2024, y el pago de la primera parcialidad se efectúa dentro de este mismo plazo. Además, se deben considerar algunas condiciones para aprovechar esta facilidad:

  • Las parcialidades deben pagarse a más tardar el último día del mes correspondiente.
  • Se deben utilizar las líneas de captura generadas por el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los formatos necesarios para este fin estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción "Impresión de acuse".
  • Los pagos se realizan a través de las instituciones de crédito autorizadas.
  • Existe la posibilidad de realizar pagos anticipados.
  • En caso de no cumplir con el pago oportuno de las parcialidades, se aplicarán recargos por falta de pago dentro de los plazos establecidos.
  • La última parcialidad debe ser cubierta a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo los recargos correspondientes en caso de aplicarse.

¿Todos deben presentar su declaración anual?

Es fundamental tener en cuenta que la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 es obligatoria para diversas categorías de contribuyentes, entre las que se incluyen aquellos que obtienen ingresos por sueldos y salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, intereses o dividendos, y aquellos que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Para cumplir con esta obligación fiscal, es necesario contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como con una contraseña o e.firma. 

Para obtener más información sobre los requisitos y el proceso de presentación de la Declaración Anual, podrás consultar el siguiente video:

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