Soy el contador de una empresa y llevó la nómina de la compañía. Derivado de la publicación del decreto que otorga un subsidio para el empleo algunos de los trabajadores se vieron beneficiados. Pero,
cómo se debe expedir el CFDI
De acuerdo con el artículo 99 de la LISR, los empleadores tienen la obligación de emitir y proporcionar el comprobante fiscal por los pagos que efectúen, por lo cual, de acuerdo con la guía de llenado del CFDI de nómina, deberá reflejarse en el nodo “Subsidio causado” el monto de los $ 390.12.
Al momento no existe alguna modificación o emisión de reglas de carácter general para el correcto llenado y emisión del CFDI en comento, por lo que a reserva de lo que la autoridad pueda señalar, debe continuar realizándose conforme a la guía de llenado vigente; sin embargo, esto puede generar una discrepancia entre la información contenida en el comprobante, la cantidad pagada al trabajador y el entero de retenciones del patrón, por lo cual se considera que la autoridad deberá adecuar o facilitar la aplicación de un nodo que permita quitarle el efecto de subsidio causado.
Por ejemplo, en el supuesto de que un trabajador que perciba el salario mínimo general por el cual le aplique el subsidio para el empleo, se deberá reflejar en percepciones el sueldo y en deducciones el ISR causado, a su vez se anotará el subsidio para el empleo, arrojando así una diferencia en el ISR a retener (aunque no se esté obligado a retener por percibir el salario mínimo); lo que dará como resultado una discrepancia entre lo efectivamente percibido por el trabajador y lo timbrado en el CFDI.
Al respecto existen dos posibles soluciones (no oficiales):
- ajustar en el concepto de ISR. El subsidio aplicable se aplicará directamente contra el ISR; es decir, en la clave de deducción “002 ISR” solo se colocará la diferencia entre el ISR a retener menos el subsidio para el empleo, y como dato informativo se colará el importe del subsidio causado en “otros pagos”
- utilizar la clave ”007 ISR ajustado por subsidio” del catálogo “Otros pagos”. De tal manera que se refleja el ISR en el apartado de deducciones y se disminuirá con el concepto de otros pagos.
Es una realidad que hace falta que la autoridad aclare algunas situaciones, como lo es la forma de emitir el CFDI y los conceptos que se deben incluir ya que estos documentos son trascendentales para la determinación del cálculo anual de las personas físicas, y una incorrecta aplicación puede derivar en una determinación incorrecta del ISR anual.
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