Materialidad de operaciones y los CFDI

Dichas materialidad puede acreditarse con indicios o pruebas indirectas

Las operaciones amparadas en comprobantes fiscales (CFDI) pueden ser de compra, venta o servicios, y cada una tiene sus propias características. La naturaleza de la operación determinará las pruebas disponibles y los requisitos necesarios para considerarla acreditada.

La materialidad de las operaciones amparadas en comprobantes fiscales puede ser respaldada mediante diferentes pruebas. Si bien los comprobantes fiscales proporcionan información detallada sobre la operación, como el monto, la fecha, el tipo de operación, entre otros datos relevantes, no son suficientes cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuestiona la operación. 

Además, los contribuyentes deben conservar estos comprobantes fiscales de manera ordenada y adecuada para su posterior revisión por parte de las autoridades fiscales.

Además de los comprobantes fiscales, existen otros documentos complementarios que pueden servir como pruebas para respaldar la materialidad de las operaciones. Estos documentos complementarios pueden incluir contratos, facturas de proveedores, órdenes de compra, recibos de pago, entre otros. 

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La documentación complementaria ayuda a aportar mayor evidencia sobre la realización de las operaciones y puede ser utilizada para validar la veracidad de la información contenida en los comprobantes fiscales. Es importante que esta documentación esté respaldada por los contribuyentes de manera adecuada y que sea coherente con los demás registros contables y fiscales de la empresa.

Además de los documentos, los testimonios y declaraciones de las personas involucradas en las operaciones pueden ser utilizados como medios de prueba para respaldar la materialidad de las operaciones. Estos testimonios pueden proporcionar información adicional sobre las circunstancias en las que se realizaron las operaciones y la veracidad de estas. Es importante que los testimonios y declaraciones estén respaldados por pruebas documentales o por la evidencia de las operaciones en sí mismas. También es necesario que los testimonios y declaraciones sean consistentes y confiables para que sean considerados como pruebas válidas.

Indicios 

La acreditación con indicios es un método utilizado para demostrar la materialidad de las operaciones amparadas en comprobantes fiscales. Consiste en presentar pruebas indirectas o circunstanciales que sean suficientes para respaldar la veracidad de dichas operaciones. Mediante el análisis detallado de los indicios, se busca evidenciar la existencia y relevancia de las transacciones realizadas, brindando confiabilidad y fortaleza a los registros contables. Es importante contar con evidencia sólida y consistente para respaldar la acreditación con indicios.

La suficiencia de los indicios refiere a la cantidad y calidad de las pruebas circunstanciales presentadas para respaldar la materialidad de las operaciones. Los indicios deben ser lo bastante sólidos y concluyentes como para generar confianza en su validez y relevancia. Esto implica tener en cuenta varios factores, como la consistencia de la información proporcionada, la correlación con otros documentos o testimonios, y la coherencia con la actividad económica y la naturaleza de la operación. La suficiencia de los indicios es fundamental para que la acreditación con indicios sea aceptada de manera contundente.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado, en la tesis aislada con registro digital 2027498: “MATERIALIDAD DE LAS OPERACIONES AMPARADAS EN COMPROBANTES FISCALES. SEGÚN LA NATURALEZA DE LA OPERACIÓN Y LAS PRUEBAS DISPONIBLES, SE PUDE TENER POR ACREDITADA CON INDICIOS, CUANDO SEAN SUFICIENTES PARA EVIDENCIARLA”, que al no existir una exigencia legal específica para acreditar la materialidad es factible demostrarla con un conjunto de pruebas indirectas.

Asimismo, confirma que al no establecer el Código Fiscal de la Federación reglas sobre la prueba de la materialidad de las operaciones sujetas a verificación, la autoridad no puede exigir pruebas que no sean acordes con la operación verificada o que resulten desmedidas, lo anterior en la tesis aislada con número de registro 2027497 con la voz: “MATERIALIDAD DE LAS OPERACIONES AMPARADAS EN COMPROBANTES FISCALES. EL ESTÁNDAR PROBATORIO PARA ACREDITARLA NO DEBE IR MÁS ALLÁ DE LO OBJETIVO Y RAZONABLE EN RELACIÓN CON LA NATURALEZA DE LA OPERACIÓN VERIFICADA”.

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