¿Tienes alguna deuda pendiente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)? ¿El fisco te impuso una multa? ¡Aprovecha! La autoridad tributaria anunció que aquellos contribuyentes con adeudos podrán “regularizar su situación fiscal a través de una serie de facilidades de pago”.
Con el objetivo de promover la responsabilidad social y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, así como “resaltar la importancia de la contribución de todos los ciudadanos en la construcción del bien común”, el SAT anunció en el comunicado 057/2024 que las facilidades de pago pueden ser hasta en 36 parcialidades y la reducción de la deuda puede ser de hasta 100% de la multa.
¿Quienes son los contribuyentes que podrán hacer uso de estas facilidades? De acuerdo con el boletín fechado al 15 de octubre de 2025, tanto personas físicas como personas morales con adeudos determinados por la autoridad o por declaraciones pueden solicitar un pago a plazos, la reducción de multas y tasa de recargos.
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¿Cómo aprovechar las facilidades del SAT?
Debido a que cada caso es particular, se recomienda a los contribuyentes programar una cita a través de la página de la autoridad y elegir la opción “Adeudos y Multas” y acudir a la oficina en la fecha y hora para conocer el monto de la deuda y las facilidades de pago a las que son candidatos.
Asimismo, los interesados pueden recibir orientación en MarcaSAT 55 627 22 728, opción 9, seguida de la opción 3, iniciar un chat uno a uno en la página de contacto en la sección de “Facilidades de pago para adeudos fiscales” y en el Micrositio de “Adeudos Fiscales” donde además encontrarás ejemplos de escritos de petición.
Toma en cuenta que el plazo a elegir está entre dos modalidades, pago en parcialidades y diferido, los cuáles consisten en lo siguiente:
- Pago en parcialidades: El adeudo se puede liquidar hasta en 36 meses, con un pago inicial de al menos 20% y una tasa de interés fija según las parcialidades elegidas:
- 1 a 12 meses la tasa es de 1.26%
- 13 a 24 meses la tasa es de 1.53%
- 25 a 36 meses la tasa es de 1.82%
- Pago diferido: Requiere un pago inicial de al menos el 20% de la deuda, y el contribuyente puede elegir cuándo quiere liquidar el resto de su adeudo en una sola exhibición siempre y cuando no sea en un plazo mayor a 12 meses.
Para reducir una reducción de hasta el 100% de una multa, los interesados pueden hacer su solicitud ante la autoridad, no obstante, esta considerará la antigüedad de la deuda y la reducción a la tasa de recargos. Y para que los beneficios surtan efectos, los contribuyentes deberán realizar el pago de la parte no reducida dentro del plazo concedido.