Aplicativo en mantenimiento para avisos sobre accionistas

Conozca cómo debe reportarse la falla en este trámite y así evite posibles sanciones de la autoridad fiscal

Cuando se lleva a cabo la modificación o incorporación de los socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas personas que tengan control, influencia significativa o poder de mando, y de los representantes comunes de las acciones que ha emitido la persona jurídica, esta última debe presentar el aviso mediante el cual actualice tal información conforme al procedimiento contenido en la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y de representantes legales”. 

ÚNETE A IDC en nuestro canal de Whatsapp

 

Presentación del aviso 

La solicitud referida tiene que ingresarse dentro de los 30 días siguientes a aquel en que se realizó tal modificación o incorporación, mediante la aplicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes en su portal, para lo cual estos requieren de su e.firma vigente.

No obstante, se ha observado que el aplicativo para ingresar el trámite está en mantenimiento, situación que imposibilita que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con su presentación.

.
 .  (Foto: IDC online)


Consecuencias de no presentar el aviso 

De omitir presentar el aviso dentro del plazo estipulado, o hacerlo de forma extemporánea, el contribuyente podría hacerse acreedor a una multa que asciende de los $ 5,400.00 a $ 10,780.00, de conformidad con los artículos 79, fracción III y 80 fracción II del Código Fiscal de la Federación (CFF). 

Asimismo, puede verse afectado por la restricción temporal y posible cancelación de su Certificado de Sellos Digital (CSD), por recaer en el supuesto de la fracción IX del numeral 17-H Bis del CFF.

Por lo anterior, es importante que el contribuyente  reporte la falla a través de un caso de aclaración ingresando a la página del SAT, en el apartado “Otros trámites y servicios, Presenta tu aclaración como contribuyente”

Para ello, requiere su RFC y contraseña; una vez dentro debe dirigirse a “Servicios por internet, Aclaraciones, Solicitud”, en el menú de trámite seleccionar “Fallas de aplicaciones”, y en el asunto colocar lo referente al aviso de modificación o incorporación de accionistas. En la descripción debe detallar la contingencia observada, pudiendo adjuntar la captura de pantalla en la que se visualice tal error, siendo relevante conservar el acuse de presentación; esta acción le permita contar con el respaldo del motivo por el cual no presentó el aviso dentro del plazo establecido.

No debe perderse de vista lo establecido en el antepenúltimo párrafo de la regla 1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 (RMISC 2024), que señala que se prorrogará el plazo para ingresar el trámite hasta el día hábil siguiente en que esté disponible el portal de la autoridad, situación que lleva a que se verifique de manera frecuente que el aplicativo ya se encuentre habilitado para cumplir con la obligación respectiva.

Finalmente, hay que recordar que de cumplir de forma extemporánea pero espontánea, el contribuyente no sería acreedor a multa, según lo supuesto en el numeral 73 del CFF.

¿Quieres saber más? ¡Sigue a IDC en Google News!