MIE 05/02
TDC 20.4268
DOM 01/12
INPC 137.9490
MAR 10/12
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
A partir de la declaración de enero ya se encuentra precargada la información en el aplicativo del Servicio de Administración Tributaria
Este 2025 nos encontramos con la novedad de que la declaración de pagos provisionales de enero 2025 de las personas físicas con actividad empresarial, honorarios ya se encuentra prellenada, misma que puede presentarse en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Sin duda, estas declaraciones facilitan el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
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Pasos a seguir
A continuación, se muestra el procedimiento a seguir en el aplicativo del SAT para conocer la información precargada en la declaración de pagos provisionales de las personas físicas.
1. En el portal del SAT, menú Declaraciones, se elige la opción Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas físicas, y se anotan los datos relativos al RFC, y la contraseña o e.firma del contribuyente de que se trate
2. Se selecciona Nuevo portal de pagos provisionales
3. Se seleccionan los datos del Ejercicio, Periodicidad, Tipo de declaración, Periodo, así como las Obligaciones a declarar
4. Se despliegan las pestañas que deben llenarse comenzando por los ingresos
Al igual que personas morales los datos de las percepciones se encuentran precargadas con los datos del CFDI y pueden adicionarse o disminuirse si se encuadra en alguno de los supuestos
Las deducciones también se encuentran prellenadas con la información de los comprobantes fiscales
En la determinación destaca el hecho que las pérdidas fiscales no están precargadas por lo que habrá que llenarlas manualmente
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado (IVA) es similar, la información se encuentra prellenada con los datos con que cuenta la autoridad
Es importante destacar que a diferencia de los RESICO en el caso del IVA acreditables de periodos anteriores es menester detallar de donde proviene el saldo a favor
Vale la pena indicar que no es necesario aceptar las declaraciones prellenadas, el contribuyente puede modificar los datos si encuentra inconsistencias o errores. Sin embargo, es importante contar con documentos de soporte en caso de discrepancias.
Al ser algo nuevo puede haber errores en el prellenado por lo que se recomienda verificar la información.