Declaración anual 2024 de personas morales: contenido clave

Declaración anual 2024 de personas morales: contenido clave

Prepare sus papeles de trabajo para cotejar la información prellenada de su declaración anual 2024 y cumpla con su presentación ante el SAT en tiempo y forma
La declaración anual es un documento de carácter fiscal en el cual se detalla en forma concentrada y analítica el conjunto de operaciones que tuvo una persona moral a lo largo del ejercicio fiscal de que se trate. Se presenta ante las autoridades tributarias, de forma obligatoria y en el plazo establecido en las disposiciones fiscales.
Entre los rubros que contiene la declaración, se encuentran los siguientes:
ingresos acumulables
deducciones autorizadas
participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
pérdidas fiscales
pagos provisionales
coeficiente de utilidad
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
retenciones
ajuste anual por inflación
inversiones
resultado fiscal anual
conciliación contable-fiscal
estados financieros
Cuca y Cufin
El próximo 31 de marzo de 2025 vence el plazo para cumplir con la obligación de presentar la declaración anual normal para las personas morales, por lo que es momento de presentarla.
Lo anterior se fundamenta en el numeral 76, fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), que indica que los contribuyentes que tributen en términos del Título II “De las Personas Morales” y perciban ingresos de los señalados en este título, además de colmar las obligaciones previstas en otros artículos de dicha Ley, están constreñidos a presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024, durante los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio ante las oficinas autorizadas; es decir, del 1o. de enero al 31 de marzo de 2025.
Por lo anterior, en la declaraciónanual se determina lo siguiente:
resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable de este
monto del impuesto correspondiente
utilidad fiscal, e
importe correspondiente a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa
Por su parte, la regla 3.9.14. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (RMISC 2025) indica el procedimiento para la presentación de la declaración de Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio para personas morales del régimen general de ley, pues refiere que para los efectos del precepto 76, fracción V de la LISR, los contribuyentes que tributen en los términos del Título II de la citada ley, ingresarán al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), servicio de “Declaraciones y Pagos”, según la regla 2.8.3.1. de la RMISC 2025.
La declaración contiene información prellenada obtenida de:
los pagos provisionales del ejercicio
la declaración anual del ejercicio inmediato anterior presentada por el contribuyente
los CFDI de nómina que haya emitido a sus trabajadores
En caso de que el contribuyente desee modificar la información prellenada relativa a los pagos provisionales, tendrá que presentar las declaraciones complementarias de dichos pagos.
Asimismo, deberá capturarse la información requerida por el propio aplicativo. Concluido el llenado de la declaración, se realizará el envío respectivo utilizando la e. firma.
Los contribuyentes personas morales que se ubiquen en los supuestos señalados en el numeral 17-D, sexto párrafo del CFF, podrán realizar el envío de su declaración anual, en cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, previa cita registrada en el portal del SAT.
Es fundamental que los contribuyentes personas morales presenten su declaración anual de manera correcta y oportuna, con la finalidad de no tener sanciones, tales como requerimientos, multas, recargos, actualizaciones, lo que trae consigo un impacto financiero.