Contribuciones de IESPS 2026: medidas para proteger la salud

Créditos de la imágen: Diseño elaborado en Canva con Foto de Nopphon Icono por しお 浅野 deCanva
Revisa las tasas que podrían aplicar en 2026 para los cigarros de importación, de aprobarse la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios
En el Paquete Económico 2026 se propone aumentar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IESPS) para desincentivar en la población mexicana el consumo de productos vinculados a problemas de salud pública, tales como padecimientos de enfermedades crónicas no transmisibles.
Justificable o no el aumento de contribuciones en pro de la salud, lo cierto es que, de aprobarse la reforma a la Ley del IESPS (LIESPS), los contribuyentes tendrían que pagar una tasa mayor de este impuesto, por la importación de los siguientes bienes, en:
cigarros, puros y otros tabacos labrados, 200 % (actualmente 160), y
puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, 32 % (hoy 30.4)
Pero no solo eso, otros productos que contengan nicotina también se gravarían con 200 % de este impuesto especial al consumo, salvo cuando sean utilizados como terapia de reemplazo de nicotina que cuenten con registro sanitario como medicamento emitido por la autoridad sanitaria.
Asimismo, se prevé ajustar gradualmente la cuota específica de $ 0.6445 vigente (2025) por cigarro importado –que se paga adicionalmente a las tasas establecidas–, para que a partir del 1o. de enero de 2030 fuera de $ 1.1584. El esquema de transición gradual de tasas crecientes propuesto es, para el ejercicio fiscal:
2026, $ 0.8516
2027, $ 0.9197
2028, $ 0.9932
2029, $ 1.0726, y
2030, $ 1.1584
Dichas cuotas específicas no estarían sujetas a la mecánica de actualización referida actualmente en el cuarto párrafo, del inciso C), de la fracción I del artículo 2o. de la LIESPS.
Por otra parte, también se modificaría la cuota específica por litro a bebidas saborizadas de $ 1.6451 (aplicable en 2025) a $ 3.0818 para 2026.
De no haber cambios en los procesos legislativos, esas disposiciones entrarían en vigor a partir del 1o. de enero de 2026.
Los avances que se tengan de la reforma a esta ley y otras que tengan afectaciones en las operaciones de comercio exterior, se difundirán a través de nuestro servicio de Infoflash.
Si deseas conocer con mayor profundidad los cambios propuestos en materia fiscal por el poder ejecutivo, te invitamos a la lectura de nuestra revista digital número 587, en donde se abordará a detalle los ajustes fiscales propuestos por el poder ejecutivo al Congreso de la Unión.
El acceso a esta publicación y al servicio de Infoflash es exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no eres suscriptor puedes suscribirte aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos.