Publican el Presupuesto de Egresos 2026: puntos clave
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Se refuerza la disciplina presupuestaria, se mantiene la austeridad y se incentiva la perspectiva de género
El 21 de noviembre de 2025, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, mediante el cual se determina el monto y la distribución del gasto total de todo el aparato gubernamental. Este entrará en vigor el 1o. de enero de 2026.
Para el 2026 se tiene un gasto programado de poco más de 10 billones de pesos, para ser racionado entre diversos ramos y previsiones sectoriales.
Dentro de los puntos relevantes del presupuesto se destaca los siguientes:
Se continua con el fomento a la austeridad y control presupuestario, para lo cual se restringe la creación de plazas en las dependencias y entidades; salvo que mediante el informe correspondiente se justifique la creación, ampliación, traspaso de recursos, entre otros.
Las dependencias y entidades que reciben recursos determinados en este presupuesto, deben garantizar la incorporación de programas para fomentar la perspectiva de género, mediante el diseño, la elaboración, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de resultados de estos mismos.
En coordinación con la Secretaría de Bienestar, las dependencias verificarán sus respectivos programas, con el objeto de incluir en aquellos que corresponda, acciones que promuevan la inclusión de las personas con discapacidad.
Ejecución de recursos para observar los criterios que emita el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para la implementación y el seguimiento de los proyectos, que permitan el cumplimiento de la participación efectiva y directa de los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas, así como aquellos que garanticen el reconocimiento de estos, y de los derechos a los que son acreedores.
Se prevé la inserción de diversos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa, mediante las previsiones necesarias por concepto de amortizaciones y costo financiero.
Los responsables deben observar lo establecido en los Lineamientos para regular la gestión de instrumentos de diseño y de seguimiento del desempeño de los programas presupuestarios; considerando que:
los instrumentos de diseño consistirán en un diagnóstico ampliado, un diagnóstico simplificado o una ficha diagnóstico
los instrumentos de seguimiento del desempeño consistirán en una matriz de indicadores para resultados, una ficha de monitoreo estratégico o una ficha de seguimiento a la gestión, en las cuales estarán contenidos los objetivos, los indicadores y las metas de los mismos
para la actualización de los instrumentos de diseño y de seguimiento del desempeño, se deben atender las recomendaciones derivadas de las acciones de formación y capacitación que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las demás condiciones determinadas en el artículo 27 de este presupuesto
Las disposiciones particulares para la operación de los programas a implementar y su debido seguimiento, atenderán a las disposiciones contenidas en el título cuarto del presupuesto.
Para impulsar la cultura del pago por suministro de agua en bloque en los distritos de riego y mejorar la infraestructura de riego a través de la Comisión Nacional del Agua, devolverá a los distritos de riego que estén al corriente en sus pagos, un importe de recursos equivalente a las cuotas que se generen en el presente ejercicio fiscal, los cuales se destinarán en un 65 % a la conservación y el mantenimiento de los canales y drenes menores; 25 % a la conservación de la red mayor, canales y drenes principales; 8 % al mantenimiento de las obras de cabeza, y 2 % a la supervisión y gasto de operación.
Se implementarán mecanismos que permitan disminuir el rezago en el índice de cobertura y fomentar la expansión de la oferta educativa primera infancia, media superior y superior.
Los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, estarán sujetos a la fiscalización que realice la auditoría en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Las sanciones económicas que, en su caso, aplique el Instituto Nacional Electoral derivado del régimen disciplinario de los partidos políticos durante 2026, serán concentradas a la Tesorería de la Federación; y serán destinados, al Ramo 38 (ciencia, humanidades, tecnología e innovación) para la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación y deben destinarse a actividades sustantivas, quedando prohibido hacer uso en servicios personales.