Créditos de la imágen: Diseño creado en Canva con elementos de Andrey, Golib de Canva y logo del SAT,
JUE 18/12
TDC 18.0200
LUN 10/11
INPC 142.6450
MIE 01/10
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
El SAT aclara que continuará atendiendo trámites presenciales y digitales con ciertas excepciones en su segundo periodo vacacional
El cierre de año suele generar dudas entre contribuyentes sobre la disponibilidad de servicios fiscales, especialmente ante la acumulación de trámites y obligaciones que coinciden con el periodo vacacional. Es por ello, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisó cómo operará su atención durante las últimas semanas de 2025 y los primeros días de 2026.
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¿Cuándo salen de vacaciones los trabajadores del SAT en diciembre de 2025?
Se dio a conocer que el segundo periodo general de vacaciones de 2025 para los trabajadores del SAT comprende del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026, esto según lo previsto en la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Durante este periodo, el organismo fiscal aclaró que mantendrá la atención a las y los contribuyentes que cuenten con cita programada, tanto en oficinas como a través de los servicios digitales del organismo. No obstante, señaló que no se brindará servicio los días oficiales de descanso, es decir, el 25 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026, de acuerdo con la normatividad vigente.
¿Qué trámites se pueden hacer en línea?
Además de la atención presencial con cita, el SAT recordó que las personas contribuyentes pueden realizar diversos trámites en línea sin necesidad de acudir a una oficina. Entre ellos se encuentran:
- La generación o renovación de la Contraseña
- La renovación de la e.firma
- Servicios de actualización de información fiscal
Asimismo, mediante la Oficina
Virtual, es posible llevar a cabo trámites como la inscripción
al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para personas físicas,
incluidos mexicanos residentes en el extranjero sin obligaciones fiscales,
asalariados o personas sin obligaciones, así como:
- Cambio de domicilio
- Corrección o cambio de nombre
- Incorporación o corrección de la CURP
- Obtención de constancias
- Asistencia virtual para la recuperación de la Contraseña
Con este esquema, la autoridad fiscal reiteró que, aun durante el periodo vacacional de fin de año, se mantendrán canales de atención activos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar contratiempos para las y los contribuyentes.