SAS 2026: Cambios en inscripción al RFC
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Sabías que desde el 1o. de enero de 2026 la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes de las Sociedades por Acciones Simplificadas dejó de ser un trámite inmediato, aquí van los detalles
Con la entrada en vigor de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMISC 2026), se modificó de forma sustancial el procedimiento de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
Durante el ejercicio 2025, este trámite se encontraba regulado en la ficha 235/CFF del Anexo 1-A, la cual establecía que la solicitud debía presentarse en el mismo momento de la firma del contrato constitutivo.
El procedimiento se realizaba íntegramente en línea a través del portal gob.mx/tuempresa, específicamente en el apartado Abre / Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). El representante ingresaba con su e.firma, llenaba el formulario digital, confirmaba la información, se obtenía inmediatamente la constancia de inscripción al RFC.
Ahora, la RMISC 2026 reporta una serie de cambios: el trámite se renumeró como ficha 7/CFF del Anexo 2, en donde se introdujeron diversas modificaciones sustanciales.
Hoy se requiere que la solicitud se presente dentro del mes siguiente al día en que se firme el contrato constitutivo, con ello se prevé un periodo de cumplimiento que antes no existía.
De igual forma, se elimina por completo el esquema de presentación digital en el portal Tuempresa, el cual se reemplaza por un procedimiento presencial obligatorio que debe desahogarse en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), previa cita registrada en el portal institucional.
En este nuevo esquema, el interesado debe acudir físicamente a la Administración de Servicios al Contribuyente correspondiente para presentar la información y documentación detallada a continuación, para concluir ahí su solicitud de inscripción al RFC y obtener el acuse único de inscripción.
El interesado debe entregar:
contrato social de la SAS, emitido a través del portal Tuempresa, el cual tiene que ir acompañado por una relación en formato .xlsx que contenga la clave en el RFC válida, CURP y nombre completo de cada uno de los accionistas, conforme a lo establecido en los estatutos o la legislación bajo la cual se hubiese constituido la sociedad. Esos datos son verificados por el personal del SAT en los sistemas institucionales respectivos
comprobante de domicilio, en original
identificación oficial vigente, en original, del accionista solicitante o del representante legal, así como copia certificada del instrumento que acredite la representación mediante o, en su caso, carta poder firmada ante dos testigos y ratificada ante autoridad fiscal o fedatario público, pudiendo sustituirse dicho instrumento por el propio contrato social cuando en este se designe expresamente al representante legal
Este cambio representa una modificación profunda en la parte operativa del trámite, al pasar de un modelo automatizado e inmediato a uno presencial, con plazos definidos y atención directa por parte del personal del SAT, lo que significa para los contribuyentes una mayor carga administrativa y logística cuando deseen constituir una sociedad bajo el régimen de SAS.