Repatriación de capitales: Requisitos, beneficios fiscales
y fechas clave
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El SAT busca apoyar la promoción de las inversiones en México para fortalecer la economía local e impulsar el desarrollo en beneficio del país.
En un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó los beneficios fiscales y fechas clave para el programa Repatriación de Capitales, que busca fomentar, a través de incentivos fiscales, el retorno o ingreso de recursos que se mantienen en el extranjero y que pueden invertirse en actividades productivas y creación de empleo en el país.
Dicho programa se estableció en el Transitorio Vigésimo Cuarto de la Ley de Ingresos de la Federación 2026, y está dirigido a personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero, con establecimiento permanente en territorio nacional, y que buscan regresar o ingresar recursos que hayan tenido en el exterior.
De acuerdo con el Grupo Financiero Monex, repatriar capitales no significa solo transferir dinero a México, sino también decidir cuándo, cómo y para qué se hará, tomando en cuenta temas como liquidez, diversificación, tipo de cambio y rendimiento esperado.
El SAT informó que aquellos que decidan acceder a este mecanismo y acrediten el origen lícito de los recursos, los cuales debieron estar en el extranjero al 8 de septiembre de 2025, se les aplicará una tasa preferencial en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 15%.
Del mismo modo, los recursos deberán invertirse en México por tres años, destinarse a actividades productivas, a generar empleos, pago de pasivos a favor de la Federación o inversiones a través de bonos de deuda gubernamental, entre otros.
El retorno o ingreso deberá hacerse a través de operaciones realizadas entre instituciones de crédito o casas de bolsa constituidas en México, reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y entidades constituidas fuera del territorio nacional.
La vigencia de este programa es hasta el 31 de diciembre de 2026 y los recursos que se retornen o ingresen durante el primer semestre, deben invertirse a más tardar el último día de este año. Las inversiones que retornen o ingresen durante el segundo semestre, deben invertirse a más tardar el 20 de junio de 2027.
Para acceder a los beneficios fiscales del programa de repatriación del SAT, el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos: