Reforma TFJA: Cambios en faltas administrativas graves
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El aumento de sanciones administrativas impulsa al Tribunal Federal de Justicia Administrativa a reforzar su capacidad institucional
Mediante su página oficial, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), el 11 de marzo de 2026, se dio a conocer el acuerdo SS/9/2026 mediante el cual se reforman diversas disposiciones de su Reglamento Interior.
Tal reforma tiene como objetivo de fortalecer la capacidad institucional del TFJA frente al incremento de asuntos en materia de responsabilidades administrativas graves, lo cual se traduce en una carga de trabajo afectando el correcto ejercicio operativo de sus funciones.
De acuerdo con los datos institucionales, estos procedimientos sancionadores han aumentado, aproximadamente, en un 97 % entre 2021 y 2025, y para este 2026 se tienen una proyección de 2,750 asuntos al cierre de año.
Esta sobrecarga operativa vislumbra un riesgo en el cumplimiento y la protección del derecho fundamental de acceso a la justicia pronta y expedita, según el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Por ello, la reforma se efectúa en el contexto del Sistema Nacional Anticorrupción, lo cual deriva de las modificaciones constitucionales que ampliaron las facultades del TFJA para sancionar tanto a servidores públicos como a particulares involucrados en faltas administrativas graves, así como para imponer indemnizaciones por daños a la Hacienda Pública Federal.
No obstante, pese a que el marco normativo prevé la existencia de Salas Especializadas en esta materia, a la fecha no se han concretado los nombramientos de las magistraturas correspondientes, lo que ha obligado al TFJA a implementar mecanismos alternos para garantizar la continuidad en la impartición de justicia.
Se crea una Segunda Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves, con sede en la Ciudad de México y competencia en todo el territorio nacional.
Tanto esta nueva sala como la ya existente, que pasará a integrarse como la Primera Sala Auxiliar en la materia, tendrán facultades para conocer y resolver tanto procedimientos sancionadores previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, como ciertos juicios contenciosos administrativos en los que se controvierta resoluciones:
en materia administrativa sobre interpretación y cumplimiento de contratos de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios celebrados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
en las que nieguen la indemnización o que por su monto, no satisfagan al reclamante y las que impongan la obligación de resarcir daños y perjuicios pagados con motivo de la reclamación, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado o de las leyes administrativas federales que contengan un régimen especial de responsabilidad patrimonial del Estado
definitivas que impongan sanciones administrativas a los servidores públicos en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como contra las que decidan los recursos administrativos previstos en dicho ordenamiento, y que se impongan sanciones administrativas a los servidores públicos en términos de la legislación aplicable, y
en las que decidan los recursos administrativos previstos en dichos ordenamientos
Asimismo, se incorpora el uso del del Sistema de Seguimiento de Procedimientos de Responsabilidades Administrativas (SISPRA), una plataforma tecnológica que permitirá el registro y control electrónico de las actuaciones jurisdiccionales, contribuyendo a una gestión más eficiente y transparente de los asuntos.
La vigencia del presente acuerdo es desde el 19 de marzo de 2026, tras su publicación en el Diario oficial de la Federación (DOF)
el inicio de actividades de la Segunda Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves será a partir del 23 de marzo de 2026
no correrán términos procesales en los expedientes radicados en la actual sala auxiliar existente (después Primera Sala Auxiliar), por el periodo comprendido del 18 al 20 de marzo de 2026, atendiendo a la realización de gestiones necesarias para dar inicio a las funciones de la nueva sala
a falta del nombramiento de las y los Magistrados que integrarán las Salas Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas, la Primera y Segunda Salas Auxiliares en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves, se conformarán por personas Magistradas de Sala Regional, adscritas por la Junta de Gobierno y Administración de acuerdo con su experiencia y conocimiento en la materia