El pasado 7 de mayo de 2026, a través de su página oficial el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer la octava versión anticipada de la primera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMISC 2026).
En esta ocasión se trata de la publicación del monto a disminuir para la determinación del estímulo fiscal en materia del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicable a los combustibles señalados en el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican.
La adición se realiza en la regla 11.7.3 de la RMISC 2026, determinando las cantidades a disminuir respecto el precio base del diésel, conforme lo períodos específicos siguientes:
- del 1 al 16 de abril se le restará la cantidad de 0.28 pesos por litro
- el 17 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro
- el 23 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro
- el 29 de abril se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro
- el 7 de mayo se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro
Tómese en cuenta que los importes han sido modificados durante la segunda, quinta, sexta, séptima y la recientemente publicada octava versiones anticipadas de la RMISC 2026, por lo que es relevante continuar pendientes de las posteriores difusiones que se realicen en la página oficial del SAT, y de la edición oficial que se haga vía Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿En qué consiste el decreto?
Cabe mencionar que este decreto y la metodología aplicable para determinar tal estímulo, han sufrido actualizaciones y modificaciones, en el caso del primero la última modificación se publicó el 31 de diciembre de 2025 a través del DOF, en el caso del procedimiento se dio a conocer el cuatro de septiembre de 2025.
El estímulo atiende a un esquema en la evolución de los precios internacionales y el tipo de cambio, respecto la adquisición de combustibles, tanto de la gasolina como el diésel, razón por la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es la encargada de dar a conocer periódicamente, a través del DOF, las cuotas actualizadas para su aplicación.
Lo anterior se traduce en una reducción en el pago de la cuota de IEPS por cada litro de combustible cuando los precios internacionales incrementan, viéndose beneficiados los consumidores finales del producto, al no verse elevados los precios.
Aunado a ello, la SHCP ha implementado estímulos complementarios para importadores y enajenantes, el cual puede ser acreditable contra el Impuesto sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA), robusteciendo así los estímulos contenidos en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) del ejercicio respectivo.