Créditos de la imágen: Imagen realizada con Chat gpt
MIE 09/09
TDC 16.9202
VIE 10/07
INPC 145.1690
SAB 01/08
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
El Paquete Económico de Hacienda plantea una base gravable mínima para determinadas personas morales, reduce la deducción de intereses netos y modifica el tratamiento de las pérdidas fiscales
El Paquete Económico 2027 presentado el 8 de septiembre de 2026 a la Cámara de Diputados por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no se limita a proyectar cuánto ingresará y gastará el gobierno federal durante el próximo año.
Al tratarse de una iniciativa, las disposiciones todavía deberán ser analizadas y votadas por el Congreso, por lo que su contenido puede modificarse antes de entrar en vigor.
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Destaca que se contempla una reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) que podría cambiar de manera importante la determinación del impuesto de las empresas.
Busca ampliar la base gravable sin aumentar la tasa corporativa del Impuesto sobre la Renta (ISR). Para conseguirlo, plantea restringir el aprovechamiento de deducciones y pérdidas fiscales, reducir el límite aplicable a los intereses netos y establecer controles adicionales sobre pagos al extranjero, anticipos y cuentas fiscales corporativas.
Sí, lo leíste bien, se pretende:
fijar un límite a las deducciones autorizadas de determinadas personas morales con ingresos superiores a 50 millones de pesos. Dichas deducciones se limitarían respecto a los ingresos acumulables del ejercicio. En términos prácticos, el mecanismo impediría que las deducciones consuman la totalidad de los ingresos y obligaría a reconocer una utilidad.
Se contemplan exclusiones para ciertos contribuyentes cuyas actividades o regímenes fiscales justifican un tratamiento distintoque las pérdidas de ejercicios anteriores solo puedan disminuir hasta el 50 % de la utilidad fiscal del ejercicio. En consecuencia, una empresa con pérdidas pendientes ya no podría utilizarlas para eliminar totalmente la utilidad fiscal generada en un año posterior.
Como contrapeso, el plazo para aprovechar esas pérdidas se ampliaría de 10 a 20 ejerciciosestablecer medidas favorables para contribuyentes de menor escala. Por ejemplo, en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas se propone elevar de 3.5 a cinco millones de pesos el límite anual de ingresos para tributar en el régimen.
Los contribuyentes del régimen pueden optar por calcular el Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicando una tasa del 7 % sobre el valor de los actos o actividades gravados y efectivamente cobrados, sin acreditar el impuesto pagado en compras, gastos o inversionesprever que las personas físicas del sector primario que tributen en RESICO, el monto de ingresos exento de ISR aumentaría de 900,000 pesos a un millón de pesos anuales, y
cerrar diferencias temporales entre la contratación de una operación y el momento en que se reconoce su deducción. Los principales ajustes serían:
pagos al extranjero. La deducción se reconocería hasta el ejercicio en el que el servicio sea efectivamente prestado y se realice el pago correspondiente
anticipos que comprendan más de un ejercicio. Cuando estén relacionados con el arrendamiento o uso de bienes, la deducción procedería conforme se utilice o goce el bien y no solamente por la entrega anticipada de los recursos
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta. Para determinar la utilidad fiscal neta del ejercicio tendrían que disminuirse los gastos que no reunieron los requisitos fiscales para ser deducibles
Finalmente, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF) estima que durante 2027 se obtendrían ingresos totales por 10 billones 636,488.1 millones de pesos, cifra 4.34 % superior a la aprobada para 2026.
El incremento esperado descansa, en buena medida, en una mayor recaudación tributaria. El ISR aumentaría 7.13 %, mientras que los ingresos por IVA crecerían 11.26 %.
Como se observa, la reforma fiscal 2027 propone obtener una mayor recaudación sin elevar la tasa corporativa del ISR. El camino elegido consiste en asegurar una base gravable mínima, limitar el aprovechamiento anual de pérdidas y sujetar otras erogaciones a controles temporales más estrictos.
A la par, la ampliación del RESICO abre una alternativa para más personas físicas y morales. La conveniencia de estas medidas dependerá de la versión que apruebe el Congreso y de las características financieras y operativas de cada contribuyente.
Si deseas profundizar sobre este tema te invitamos a nuestro próximo seminario “¿Qué viene en el paquete económico 2027?" que se llevará a cabo el 18 de septiembre de 2026 por streaming, de 9:00 a 11:00 am, te esperamos.