Propuesta RESICO-PF 2027: Límite de $5 millones y nuevo IVA
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El Paquete Económico 2027 trae buenas noticias para las personas físicas. Conoce la propuesta para ampliar el tope de ingresos y la nueva opción de IVA
Los cambios al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una de las cartas fuertes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pues es uno de los temas relevantes en el Paquete Económico 2027.
La iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) pretende aumentar de $ 3,500,000.00 a $ 5,000,000.00 el límite anual de ingresos para que las personas físicas puedan ingresar o permanecer en este régimen.
Principalmente estos cambios favorecerían a los pequeños comercios, talleres, restaurantes, profesionistas independientes, arrendadores y demás personas físicas que desarrollan actividades empresariales o profesionales, cuyo crecimiento económico actualmente puede provocar su salida del régimen.
No hay que olvidar que se trata de una iniciativa, por lo que los nuevos montos y beneficios no podrán aplicarse hasta que la reforma sea aprobada por el Congreso de la Unión, dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y entre en vigor conforme a sus disposiciones transitorias.
Como ya se mencionó aumentaría a $5,000,000.00, al que resultaría aplicable la tasa máxima del 2.50 %.
Podrían optar por este régimen las personas físicas que:
realicen actividades empresariales
presten servicios profesionales
otorguen el uso o goce temporal de bienes
hayan obtenido en el ejercicio anterior ingresos que no excedan de $ 5,000,000.00
inicien actividades y estimen que sus ingresos no superarán esa cantidad
Este incremento permitiría que los contribuyentes cuyos negocios han crecido continúen aplicando las tasas reducidas del RESICO, sin verse obligados a incorporarse inmediatamente al régimen general de actividades empresariales y profesionales o al de arrendamiento.
Se estima dar el carácter definitivo a los pagos realizados durante los meses en los que el contribuyente permaneció en el RESICO.
Esta medida daría mayor certeza al tratamiento de los pagos anteriores y evitaría que la salida del régimen produzca una revisión retroactiva de todos los meses en los que se tributó válidamente en RESICO.
No obstante, será indispensable revisar el texto definitivo de la reforma y las reglas administrativas que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para conocer el procedimiento de transición, la declaración aplicable y la forma de reconocer los ingresos posteriores a la salida.
De manera complementaria, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para 2027 permitiría que las personas físicas del RESICO opten por pagar mensualmente el IVA aplicando una tasa del 7 % sobre las contraprestaciones gravadas efectivamente cobradas.
Quienes elijan esta facilidad deberán continuar trasladando el impuesto a sus clientes a la tasa correspondiente, pero no podrían acreditar el IVA de sus gastos, adquisiciones o importaciones; únicamente disminuir el impuesto que les hubiese sido retenido.
Los pagos serían definitivos, la diferencia entre el IVA trasladado y el efectivamente enterado no se consideraría ingreso para efectos del ISR y la opción no podrí modificarse durante el ejercicio.
Para ejercerla se tendría que presentar un aviso ante el SAT dentro de los 30 días siguientes al primer cobro del año, por lo que su conveniencia dependería del monto de IVA acreditable que normalmente genere cada contribuyente.