La reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), aprobada la noche del martes por la pleno de la Cámara de Diputados, incluye la responsabilidad penal de los profesionistas que propongan o lleven a cabo actos que son considerados delitos fiscales.
El documento establece que serán responsables penalmente quienes al desarrollar sus actividades “propongan, establezcan o lleven a cabo” actos, operaciones o prácticas “de cuya ejecución directamente derive la comisión de un delito fiscal”.
De igual forma, las omisiones profesionales también serán sancionadas penalmente si a partir de estas se comete un delito, de acuerdo con las fracciones VIII y IX del artículo 95 del dictamen de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF).
Cabe destacar que el Ejecutivo federal proponía en la Reforma Hacendaria que el CFF contara con nueve artículos en los que -de manera expresa- se penalizaban las actividades de profesionistas como contadores y abogados; sin embargo, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados consideró que esto no era necesario debido a que el detalle de este tipo de responsabilidades ya están contempladas en el Código Penal Federal.
Así, en el dictamen aprobado, el CFF establece que –como cualquier otro profesionista- si alguien propone acciones cuyo resultado sea un delito fiscal, el proponente se hará acreedor a la respectiva sanción penal.
Por otro lado, el documento eliminó por completo la modificación al artículo 5 del CFF, propuesta por el Ejecutivo federal. En ese artículo, el presidente Enrique Peña Nieto planteaba gravar fiscalmente actividades que incluso la misma ley considera no lucrativas, bajo la presunción de que con ellas se eludían responsabilidades fiscales.
En ese tenor, la Comisión de Hacienda decidió eliminar la propuesta y dejar intacto el artículo 5 del CFF, debido a que los cambios planteados por el Ejecutivo no aclaraban -en forma expresa- el respeto a los controles de legalidad y constitucionalidad vigentes.