Declaración de operaciones relevantes

Descubre los cambios que sufrirá la presentación de esta declaración según el anteproyecto del segundo ajuste a la RMISC

Impuestos en las operaciones de ventas a plazos
 Impuestos en las operaciones de ventas a plazos  (Foto: Redacción)

Derivado del Anteproyecto a la Segunda Modificación de la Resolución Miscelánea Fiscal que dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página de Internet se destaca lo siguiente:

2015

Esta declaración por el ejercicio en curso debe presentarse en el formato 76 “Información de operaciones relevantes (artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación”, de forma trimestral conforme a lo siguiente:

Declaración del mes Fecha límite de presentación
Enero, febrero y marzo Último día mayo de 2015
Abril, mayo y junio Último día agosto de 2015
Julio, agosto y septiembre Último día noviembre de 2015
Octubre, noviembre y diciembre Último día febrero de 2016

Aquellas operaciones cuyo monto sea inferior a $60´000,000.00 y hayan sido realizadas por contribuyentes distintos al sector financiero quedarán relevados de declararlas.

En caso de no haber efectuado ninguna operación relevante, los contribuyentes no están obligados a presentar dicha información

2014

En cuanto a las operaciones relevantes correspondientes a 2014 se podrá presentar la declaración a más tardar el 31 de diciembre de 2015 y en una sola forma oficial en donde se incluya el total de las operaciones (art. Tercero).