Aprecie cuándo es factible que el SAT imponga dos o más sanciones por no haber cumplido con una obligación formal



Por Joyce Pasantes

Si el SAT te requiere la presentación de la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) y no la exhibes o lo haces fuera del término concedido, procede la imposición de varias multas.

Lo anterior porque los supuestos previstos en el artículo 81, fracción I del CFF son perfectamente distinguibles entre sí y pueden dar lugar incurrir en diversas infracciones, tales como no presentar declaraciones, exhibirlas a requerimiento de la autoridad o cumplir con tal petición fuera de los plazos indicados.

De ahí que cuando el SAT imponga a un contribuyente varias multas derivadas de las infracciones referidas en la citada fracción I, del precepto en comento no resulta aplicable el párrafo primero, de la fracción V del artículo 75 del código tributario, el cual prevé la obligación del fisco federal de imponer una sola multa cuando con motivo de un solo acto u omisión se infrinjan diversas disposiciones sancionables en lo particular. Esto porque se trata de hipótesis distintas a la que sucede cuando en varios actos u omisiones se configuran infracciones diferentes.

Así lo determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 80/2015 de la que derivó el criterio titulado: MULTAS DERIVADAS DE INFRACCIONES A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 81 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. NO RESULTA APLICABLE LA HIPÓTESIS PREVISTA EN EL PÁRRAFO PRIMERO DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 75 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materia Administrativa, Tesis 2a./J. 110/2015 (10a.),  Jurisprudencia, Registro 2009732, agosto de 2015.  




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