Juicio de nulidad renovado

Aprecia la reducción de plazos para su interposición, así como los ajustes que incidirán en la defensa fiscal

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 .  (Foto: Getty)

Por Joyce Pasantes

Este 13 de junio se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Este documento contempla varios ajustes en cuanto a la manera en que debe tramitarse el juicio contencioso. A continuación se puntualizan los cambios más significativos:

Tema Cambio
Disminución de plazos Reducir el término para:
  • promover la demanda de nulidad de 45 a 30 días. Este cambio también aplicará respecto de la contestación a la misma
  • ampliar la demanda de 20 a 10 días. De igual forma para la contestación correspondiente , y
  • emitir la sentencia de 60 a 45 días hábiles
Notificación electrónica Dar a conocer las actuaciones a las partes mediante boletín jurisdiccional. Para ello, los interesados recibirán un aviso previo al e-mail que hubiesen señalado
Firma de promociones Presentar la demanda o cualquier promoción, tratándose de personas morales, ya sea con su firma electrónica avanzada o la de su representante legal
Suspensión del acto Resolver vía acuerdo del Magistrado Instructor sobre la suspensión dentro de las 24 horas siguientes a partir de la solicitud, y que las autoridades demandadas rindan su informe justificado durante las 48 horas siguientes
Juicio sumario Aumentar la cuantía de cinco a 15 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la CDMX elevada al año para la procedencia del juicio en la vía sumaria
Dictámenes de peritos Contener, los dictámenes periciales, respuestas y análisis autónomos, es decir, no sustentarse en las contestaciones de otros ni remitirse a ellas para justificar su razonamiento
Cierre de instrucción Cerrar la instrucción por ministerio de ley
Cumplimiento de sentencia Computar el lapso para cumplimiento de la sentencia a partir de la notificación del acuerdo de certificación de firmeza
Recurso de revisión Procede el recurso de revisión fiscal, si se declaró la nulidad por la inaplicación de una norma general en ejercicio del control difuso de constitucionalidad y convencionalidad
Imposición de sanciones Imponer multas de cien a 1,500 veces la UMA vigente de la CDMX, si las partes en el juicio utilizan lenguaje inapropiado para referirse a su contrincante o al personal jurisdiccional, además si se realizan promociones, incidentes o recursos notoriamente frívolos e improcedentes

Los cambios descritos estarán vigentes a partir del 14 de junio de 2016.