Qué catálogo de métodos de pago empleo en mis CFDI

No te confundas y verifica qué catalogo debes utilizar en el llenado de tus comprobantes fiscales

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Por Berenice Chávez

Como sabes a partir del 15 de julio, tus comprobantes fiscales digitales (CFDI´s) deben tener en el campo de método de pago la clave correspondiente a la forma en que liquidaste la contraprestación derivada de la enajenación, prestación de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal, etc.

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A la fecha existe confusión entre los contribuyentes sobre cuál es el catálogo correcto que deben aplicar  en la emisión de sus comprobantes, ya que existen dos, con diferentes claves; a saber:

1.- Catálogo para CFDI´s (Anexo 20, RMISC) publicado el 3 de junio de 2016, el cual será exigible a partir del 15 de julio

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2.- Catálogo de método de pago para las estructuras de pólizas del periodo y el auxiliar de folio fiscal de las pólizas (Anexo 24, RMISC), publicado el 13 de enero de 2016. Únicamente utilizable para contabilidad electrónica

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Como puedes observar, se trata de catálogos tienen que tienen usos diferentes, en consecuencia para que tu comprobante fiscal esté correcto es necesario que utilices el primero de ellos (para CFDI).

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