Reforma a Ley ISR por transparencia en sindicatos

Sindicatos están exentos de informar a sus agremiados sobre las aportaciones

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 .  (Foto: iStock)

Para que los trabajadores tengan la certeza de que el dinero que entregan al sindicato que los representa sea utilizado de manera transparente, proponen iniciativa que reforma la Ley ISR.

La diputada Brenda Velázquez Valdez (PAN) dio a conocer que con el planteamiento, los sindicatos obreros expidan a sus agremiados comprobantes de sus aportaciones y sean obligados a llevar un registro contable de los mismos, se debe terminar con la discrecionalidad de las aportaciones que reciben los sindicatos de parte de los trabajadores agremiados.

Velázquez Valdez explicó que actualmente toda persona moral que recibe recursos, está obligada a entregar comprobantes fiscales de sus ingresos, excepto los sindicatos, que están exentos de informar a sus agremiados sobre las aportaciones que realizan.

Apuntó que por años se ha demostrado que numerosos líderes sindicales hacen un uso indebido de los recursos monetarios.

“Está sobradamente documentado que un sin número de líderes sindicales se apropia de los recursos monetarios colectivos, para darles un uso privado ajeno a los intereses de sus representados”, aseveró la legisladora.

Insistió en que se deben implementar medidas legislativas para proveer a los trabajadores herramientas que les permitan conocer el uso y destino de sus aportaciones.

La diputada indicó que la reforma sugiere una modificación al segundo párrafo del artículo 86 de la Ley del ISR, para quedar de la siguiente manera:

“En el caso particular de los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, cumplirán con las obligaciones establecidas en las fracciones I y II de este artículo, así como aquellas actividades que de realizarse por otra persona quedan comprendidas en el artículo 16 del Código Fiscal de la Federación.

Quedan relevadas de cumplir con las obligaciones a que se refieren las fracciones III y IV de este artículo las personas señaladas en el artículo 79 de esta Ley que no determinen remanente distribuible”.