Por Paris Pérez
Recuerda que en términos del artículo 177 de la LISR se consideran ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes: los que no están gravados en el extranjero o lo están con un ISR inferior al 75 % del que se causaría y pagaría en México
INFOGRAFÍA: ¿Qué es un paraíso fiscal o tax heaven?
Por lo tanto, si tienes inversiones en algún “paraíso fiscal”, y por los intereses reales pagas menos de dicho por ciento de impuesto, estarás a lo dispuesto por el Título VI, Capítulo I de la LISR (de los regímenes fiscales preferentes).
Esto significa que, deberás pagar en tu declaración anual un 30 % de ISR sobre dichos ingresos, pudiendo acreditar el impuesto que te hubiesen retenido en el extranjero, siempre que este no exceda del ISR que calcules a tu cargo.