Qué ajustes trae 2017 para CFF y LISAN

Entérate de lo más relevante de las modificaciones a estos ordenamientos que impactarán a los contribuyentes en el siguiente año

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 .  (Foto: iStock)

CFF

1. Firma electrónica. Los particulares que acuerden el uso de la e.firma como medio de autentificación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que les preste el servicio de verificación y autentificación de los certificados de tales firmas

2. e-contabilidad sector primario. Habrá un sistema simplificado para llevar los registros contables de las personas físicas que obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos no excedan de 16 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización y que los ingresos por su actividad primaria representen cuando menos el 25 % de sus ingresos totales en el ejercicio

3. Inscripción al RFC. Los representantes legales de las personas morales se deberán inscribir en el RFC

4. Buzón tributario. El SAT autorizará su uso con el consentimiento del particular, a la administración pública centralizada y paraestatal del gobierno federal, incluso a la estatal o municipal y organismos constitucionalmente autónomos

5. Cancelación del CFDI. Solo podrá hacerse, si la persona a favor de quién se expidió acepte tal cancelación. El SAT regulará a través de reglas de RMISC la forma de manifestar tal aceptación

6. Revisiones electrónicas. Se especifican los plazos que deberán considerarse en el procedimiento a seguir, cuando la autoridad, una vez recibidas y analizadas las pruebas, identifique elementos adicionales que deban ser verificados, así como los plazos para la emisión de la resolución

7. Infracciones. Se establecen las siguientes conductas sancionables y multas:

  • si la donataria al momento de su liquidación no destina la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos: se le sancionará con una multa de 140,540 a 200,090 pesos 
  • en el caso de liquidación de la donataria, esta no proporcione la información o lo haga de manera incompleta sobre las entidades autorizadas que recibirán su patrimonio, se le impondrá una multa de 80,000 a 100,000 pesos
  • el incumplimiento de las especificaciones tecnológicas del artículo 29-A, fracción VI, del CFF, al enviar los  CFDI´s al SAT: se castigará con una multa de uno a cinco pesos por cada CFDI, y
  • la omisión de la obligación de mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos, se sancionará con una multa de 80,000 a 100,000 pesos

LISAN

No se pagará el impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN), tratándose de la venta o importación de unidades cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de los eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o sea accionado por hidrógeno.