Psiquiatría ¿honorarios médicos?

Psiquiatría ¿honorarios médicos?

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 .  (Foto: IDC online)

Percibo ingresos por salarios, y actualmente mi hija acude regularmente a un tratamiento psiquiátrico, el cual al parecer será prolongado ¿es factible deducir estas erogaciones

Las personas físicas tienen el derecho a deducir los honorarios médicos efectuados por el contribuyente, para sí, su cónyuge o concubina, y ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a un salario mínimo general vigente del área geográfica del trabajador, elevado al año, en términos del artículo 176, fracción I de la LISR.

Para tal efecto, las erogaciones deberán comprobarse con documentación que reúna requisitos fiscales, sean cantidades pagadas efectivamente pagadas en el año de calendario y se trate de instituciones o personas residentes en el país.

En este orden, al ser la psiquiatría una rama de la medicina, es procedente la deducción de los honorarios pagados, si se reúnen los requisitos mencionados anteriormente.