Que activos fijos puedo tomar como deducción inmediata, y si recibo un anticipo de clientes fuerte este año, ¿cómo puedo correr el pago del I.S.R., al ejercicio siguiente
Respuesta:
El antepenúltimo párrafo del artículo 220 de la LISR, señala que la deducción inmediata procede respecto de cualquier inversión, excepto:
- mobiliario y equipo de oficina,
- automóviles,
- equipo de blindaje de automóviles,
- cualquier bien de activo fijo no identificado individualmente, y
- aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
En el caso de los anticipos de clientes el artículo 18 de la LISR, señala que los ingresos se obtienen cuando:
- se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada,
- se envíe o entregue el materialmente el bien,
- se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provengan de anticipos.
Por lo tanto, el anticipo es acumulable para efectos fiscales en el ejercicio en que se realice.