1526 Sexta modificación a las RCGCE 2011

1526 Sexta modificación a las RCGCE 2011

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 .  (Foto: IDC online)

Sexta modificación a las RCGCE 2011
La reforma a las Reglas es para prever:

  • los trámites que podrán realizarse a través de la Ventanilla Digital, entre ellos se citan:
    • copias certificadas de los pedimentos
    • autorizaciones:
      • para la entrada al país o la salida del mismo de mercancías por lugar distinto al autorizado en aduanas de tráfico marítimo
      • de introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios
      • de exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada
      • para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal o colocar marbetes o precintos
      • para el establecimiento de depósitos fiscales para Duty free
      • de depósito fiscal temporal para exposiciones internacionales de mercancías, y procesos de ensamble y fabricación de vehículos
      • para llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos por empresas automotrices
    • inscripciones en el registro:
      • del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT)
      • del despacho de mercancías de las empresas, e incluso su renovación
      • de empresas certificadas
      • de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito y, en su caso, para prestar los servicios de consolidación de carga terrestre
  • las solicitudes por escrito requeridas para obtener diversas autorizaciones que se presentarán en los términos del instructivo que le corresponda
  • la vigencia de un año, prorrogable por un período igual, para el Registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o por las  se requiera de instalaciones o equipos especiales
  • la obligación de:
    • presentar en forma digital al sistema electrónico aduanero, los documentos que se adjunten a las mercancías, ya sea para su despacho, o para acreditar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, NOM’s y de las demás obligaciones, siempre que en el pedimento se indique en el bloque de identificadores la clave que corresponda del Apéndice 8 del Anexo 22 (regla 3.1.30., adicionada)
    • transmitir electrónicamente, el importador o exportador, a la autoridad aduanera mediante el portal de la Ventanilla Digital o el sistema electrónico que se establezca, la información en idioma español de los documentos que amparen el valor de la mercancía (regla 3.1.31., adicionada).
      Estas obligaciones entrarán en vigor de manera optativa desde el 14 de enero de 2012, esto acorde con la habilitación paulatina de los sistemas tecnológicos en cada una de las aduanas; y a partir del 1o de marzo de 2012 de forma obligatoria en todas las aduanas

Vigencia: A partir del 14 de enero, excepto lo casos establecidos al efecto.

Fuente: Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 sus Anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 22 (SHCP, DOF del 13 de enero).

Tarjeta con chip=subsidio de tenencia en el DF
Para hacer efectivo el subsidio del 100% en el pago de la tenencia será necesario pagar los derechos por renovación de la tarjeta de circulación con chip, ya sea por estar vencida o venza durante 2012, a pesar de que debieran realizar la renovación posterior al primer trimestre del año.
El trámite para vehículos de uso particular, que cuenten con la tarjeta de papel, se llevará a cabo en los módulos delegacionales y de Setravi, conforme al calendario y requisitos siguientes:

Terminación de placa Mes
5 Enero
7 Febrero
3 Marzo
9 Abril
1 Mayo
Ajustes Nones Junio
6 Julio
8 Agosto
4 Septiembre
2 Octubre
0 Noviembre
Ajustes Pares Diciembre

Las personas físicas presentarán:

  • factura original endosada, y/o refactura
  • carta factura original vigente (30 días máximo)
  • identificación oficial con fotografía
  • comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
  • pago de derechos por el o los trámites a realizar, así como el de refrendo por la vigencia anual de placas de matrícula, correspondiente a 2012

Las morales adicionalmente exhibirán:

  • acta constitutiva
  • poder notarial con actos de administración, o con facultades específicas para realizar trámites de control vehicular
  • identificación oficial con fotografía de la persona que realiza el trámite
  • copia de identificación oficial del representante legal

Las tarjetas de circulación con chip, expedidas en 2008 (vencidas) y 2009 (próximas a vencer), si no se ha cambiado de propietario, se renovarán en los 9 Centros de Servicio de Tesorería, así como en las 10 Administraciones Tributarias. Para acudir se deberá hacer cita a partir del día 5 de febrero de 2012, accesando a la página web: www.renovacion.df.gob.mx; el trámite inicia el 15 de febrero y concluye el 31 de diciembre de 2012, sin importar la terminación del número de placa.

El personal de los módulos delegacionales y de Setravi, deben atender a todo ciudadano que acuda a realizar el trámite, sin importar la terminación del número de la placa ni el comprobante de domicilio, siempre y cuando éste pertenezca al Distrito Federal.

Vigencia: A partir del 16 de enero de 2012.

Fuente: Acuerdo por el que se establecen las bases y el calendario para el trámite de renovación de la tarjeta de circulación con chip para vehículos automotores de uso particular, para hacer efectivo el subsidio del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (Gaceta Oficial del DF del 13 de enero de 2012).

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"Protección de datos: un desafío empresarial", y "Esquema de pagos 2012" a celebrarse el 19 de enero y 3 de febrero de 2012, respectivamente, en la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89, así como en el fax (55) 9177- 4108.

 

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