1591 Precios de referencia para evitar la subvaluación

1591 Precios de referencia para evitar la subvaluación

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 .  (Foto: IDC online)

Precios de referencia para evitar la subvaluación
La Secretaría de Economía (SE) implementó el Programa de Monitoreo Específico a las Importaciones de Calzado de Origen Chino (PROMOCAL), realizadas del 1o de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2014. El calzado está identificado por fracción arancelaria en el siguiente cuadro:

Calzado chino con precios de referencia (FOB China, US dólares/par) sujeto a monitoreo)
Fracción arancelaria Precio de referencia Fracción arancelaria Precio de referencia
6401.10.01 13.00 6403.91.02 16.00
6401.92.01 4.12 6403.91.03 17.84
6402.19.01 12.00 6403.91.99 28.00
6402.19.02 11.00 6403.99.02 14.00
6402.19.03 7.00 6403.99.03 28.00
6402.20.01 2.33 6403.99.04 21.00
6402.91.01 12.50 6403.99.05 15.00
6402.99.01 3.00 6404.11.01 12.35
6402.99.02 11.00 6404.11.02 10.31
6402.99.03 12.00 6404.11.99 7.42
6402.99.04 11.00 6404.19.01 8.50
6402.99.05 7.00 6404.19.02 7.85
6402.99.99 10.00 6404.19.03 5.50
6403.19.02 25.69 6404.19.99 7.00
6403.40.01 32.00 6405.20.99 1.68
6403.91.01 31.00    


A través del programa:

  • el SAT:
    • vigilará el comportamiento del valor en aduana declarado en las importaciones definitivas de esas mercancías
    • enviará a la SE un reporte estadístico quincenal sobre las importaciones de calzado que declaren como país de origen China
  • la SE:
    • solicitará a la Cámara de Comercio de China para Importaciones y Exportaciones de Productos Industriales Ligeros y Artesanales la información respecto de la certificación de las facturas comerciales de exportación, con el propósito de identificar anticipadamente posibles riesgos
    • recabará la información de los números de conocimiento de embarque marítimos o guías aéreas, que amparen las facturas certificadas, así como los datos relativos al número de contenedor y de la lista del empaque

Suministro de la información
La información que se obtenga se enviará al SAT, para su consideración en estudios sobre importaciones, y en su caso, para ejercer las facultades de comprobación que correspondan.

Evaluación del comportamiento de las operaciones
Mensualmente la SE tendrá reuniones de evaluación con el SAT, la SHCP y las Cámaras de las Industrias del Calzado de los estados de Jalisco y Guanajuato (CICEJ), y la Cámara Nacional de esa industria, para comentar el comportamiento de esas operaciones, respetando la confidencialidad de la información.

La SE podrá tomar las acciones pertinentes para evitar las distorsiones comerciales que pudieran presentarse, incluidos un procedimiento de salvaguardia de transición u otras medidas de remedio comercial.

Fuente: Aviso sobre la aplicación en territorio nacional del Programa de Monitoreo Específico a las Importaciones de Calzado de Origen Chino (SE, DOF del 21 de junio).

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