2616 Cambios en factura electrónica

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad en su página de Internet

El SAT dio a conocer en su portal de Internet cambios a las guías de llenado del Anexo 20, de CFDI emitidos por la Federación, Entidades Federativas y los Municipios por Contribuciones, Derechos, Productos y Aprovechamientos que cobren, así como por los Apoyos y Estímulos que otorguen; el global y el complemento para pago.

De manera genérica, se:

  • incorporaron:
    • dos claves de tipo relación para poder vincular el CFDI de tipo ingreso que ampare pagos de operaciones en parcialidades o de forma diferida facturadas con versión 3.2 y 3.3. del CFDI, y
    • en varios campos el número de decimales, y
  • se precisaron los supuestos de la emisión del CFDI de egresos


Donativos

Tratándose de donativos en especie se emitirá el CFDI identificando el tipo de bien que se trata con la clave de unidad respectiva, el valor unitario y el importe total; en la descripción se hará referencia al bien objeto de ese acto. Por ejemplo, 10: casas de campaña y 5: bolsas de dormir.

En el caso de recursos procedentes de boteo también se emitirá el comprobante respectivo, y en la clave de producto se pondrá 1010101; en número de identificación, “Boteo 14-08-18”; en “cantidad”, 1; en “clave de unidad “ACT” y el monto. Aunque la clave de producto que realmente funciona es la 01010101.


CFDI global

Se cambió la palabra “simplificado” por la de “operaciones con el público en general”, para acoplar el término según lo previsto en el artículo 29, quinto párrafo del CFF.

En el campo “NoIdentificacion” se corrigió la referencia al número de caracteres, por error en la redacción.

De igual forma, se proporcionan las opciones para aplicar una devolución o bonificación de una operación que fue documentada en un CFDI global.

 

CFDI de la Federación, Entidades Federativas y los Municipios

En los comprobantes que dichos entes emitan por contribuciones, derechos, productos y aprovechamientos, en el campo “TipoRelacion” podrán utilizar las claves 08 “factura generada por pagos en parcialidades” y 09 “factura generada por pagos diferidos”.

En el apartado de “Régimen Fiscal” se debe especificar la clave correspondiente del ente público emisor bajo el cual se está generando el comprobante.

Por otro lado, se incluye el nodo de impuestos que incluirá los trasladados (base, impuesto, tipo factor, tasa o cuota e importe y totales).

En cuanto a los CFDI por los apoyos o estímulos que otorguen dichos entes públicos en la sección de “Forma de pago” se podrá anotar la clave “99” (por definir) tratándose del pago en parcialidades o diferido y en “Método de pago” se incorporará la clave “PUE” pago en una sola exhibición o “PPD” en parcialidades o diferido

 

Complemento de pagos

Dentro de los cambios se adicionaron los casos de uso: cobro por cuenta de terceros, pago con divisas y factoraje financiero.

También se eliminaron los párrafos que  especificaban que un complemento de pagos no podía cancelarse, solo se podía sustituir, lo que estaba en contra de lo indicado en la reglas 2.7.1.38 y 2.7.1.39 de la RMISC 2018.