La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 24 de mayo de 2019:
- Resolución Preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de bobinas de papel aluminio que ingresan por la fracción arancelaria 7607.11.01 o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia, en la cual establece la continuación del procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, e impone cuotas compensatorias provisionales cuando su precio de importación correspondiente al valor en aduana en términos unitarios sea inferior al precio de referencia de 3.4817 dólares por kilogramo.
El monto de la cuota compensatoria se calculará como la diferencia entre el precio de importación y el precio de referencia, el cual no deberá rebasar el margen de discriminación de precios calculado para cada empresa exportadora de acuerdo con lo siguiente, de:
-- 0.17968 dólares por kilogramo para Five Star
-- 0.6588 dólares por kilogramo para Jiangsu Zhongji, y
-- 1.1634 dólares por kilogramo para Boxing Ruifeng y las demás empresas exportadoras
- Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con arancel-cupo establecido, carne de pollo, mediante el cual se otorga un monto de cupo adicional de 55,000 toneladas, y podrá obtenerse para seguir importando carne de pollo, identificada en las fracciones arancelarias: 0207.11.01, 0207.12.01, 0207.13.03, 0207.13.99, 0207.14.04 y 0207.14.99