SAT oficializa el primer cambio a la RMISC 2019
La RMISC 2019 se publicó en el DOF el 29 de abril de 2019, y casi después de cuatro meses se da a conocer por el mismo medio la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus anexos 1 y 1-A”. En lo general este ajuste entra en vigor el 21 de agosto de 2019.
En los distintos anteproyectos de este instrumento difundidos en el portal del SAT, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas reglas, hasta su publicación en el DOF el 20 de agosto de 2019.
Las enmiendas más destacadas de los anteproyectos y que están contempladas en esta primera modificación a la RMISC 2019 se describen, a continuación:
- 1er cambio al anteproyecto (28 de junio de 2019), las reformas son respecto a la aplicación del estímulo fiscal de zona fronteriza
- 2do cambio al anteproyecto (24 de julio de 2019), se abordan los siguientes temas:
- prórroga para la presentación de dictamen fiscal
- modificaciones al anexo 24 de la RMISC 2019
- prórroga para el envío del catálogo de cuentas y la balanza de comprobación correspondiente al mes de mayo
- 3er cambio al anteproyecto (15 de agosto de 2019), aquí los aspectos previstos son:
- eliminación de las reglas del aplicativo de subcontratación
- modificación en la forma de presentar declaraciones a través del aplicativo “Mi contabilidad”
- cambios a la regla para expedir CFDI que amparen erogaciones realizadas por terceros
Ferromanganeso y ferrosilicomanganeso continúan con cuota compensatoria
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 20 de agosto de 2019 las resoluciones finales del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones definitivas y temporales, incluidas las que ingresen al amparo de la regla octava de:
- ferromanganeso alto carbón originario de China, fracción arancelaria 7202.11.01, y
- ferrosilicomanganeso originario de Ucrania, fracción arancelaria 7202.30.01
En ambos casos se prorroga la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas de 21 % y 16.59 %, por cinco años más, contados desde el 26 de septiembre de 2018 y el 25 de septiembre de 2018, respectivamente.
Esas cuotas compensatorias se aplicarán cuando ingresen al país bajo la fracción señalada o cualquier otra, independientemente del país de procedencia.