2871 Nueva Resolución anticipada de las RGCE 2020

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad competente en su portal

El SAT publicó el 2 de abril de 2020 en su portal la versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2020, en la cual da a conocer a la Secretaría de Salud (SS) y a los organismos descentralizados del sector salud, el procedimiento simplificado para importar mercancías objeto del decreto citado (equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías y objetos que resulten necesarios) para hacer frente al Covid-19.

Se establece que el representante legal o servidor público –con facultades de representación de la dependencia u organismo– presentará en la aduana de ingreso, al momento de la extracción de las mercancías la siguiente documentación:

  • si la importación es realizada por:
  • la SS, un escrito libre firmado por el representante legal o servidor público con facultades de representación de la dependencia, en el que se enlisten las mercancías, debiendo especificar la cantidad, unidad de medida comercial, descripción de la mercancía, uso y función; así como, de ser posible, los elementos que ilustren y describan de manera detallada las características físicas y técnicas, en forma cuantitativa y cualitativa de las mismas, así como su materia constitutiva, y
  • los organismos descentralizados del sector salud, el original de la autorización emitida por la SS, en la que se contenga la información referida anteriormente
    • copia del nombramiento oficial, de la carta de comisión o documento en que se autorice para recibir las mercancías al representante o servidor público, y
    • en su caso, original del comprobante del pago de los gastos de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, realizados

Por la importación de la mercancía se cubrirán las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan; y acreditarán el cumplimento de regulaciones y restricciones no arancelarias incluidas las normas oficiales mexicanas aplicables, salvo que se acredite la exención por parte de la autoridad competente.

No será necesario inscribirse a los padrones de importadores general ni de sectores específicos, ni utilizar pedimento, pudiendo ingresar las mercancías por cualquier aduana.