El IMSS dio a conocer en el boletín de prensa número 213/2020 de 21 de abril de 2020, el pago en parcialidades simplificado. A continuación los detalles más relevantes.
- El Seguro Social ofrecerá a todo patrón interesado en celebrar un convenio de pago a plazos de modo simplificado
- no existe necesidad de garantizar el interés fiscal
- el importe mínimo a cubrir es del 20 % sobre cuotas patronales y el 100 % de las cuotas obreras, y
- el pago a plazos puede ser de:
- hasta 12 meses con una tasa de interes del 1.26 %
- de 12 a 24 meses y la tasa aplicable es de 1.53 %, y
- de 24 a 48 meses con una tasa del 1.82 %
Para formalizar el convenio no es necesario acudir a la subdelegación del Instituto, solo debe enviar un correo electrónico a la dirección convenioorienta@imss.gob.mx; este debe contener la siguiente documentación:
- escrito libre con motivo de petición (requerimiento de autotorización de pago a plazos y los lapsos para efectuarlos)
- tarjeta de identificación patronal
- identificación oficial del patróno su representante legal
- fojas del acta constitutiva de la persona moral en donde se indique la razón social y la que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, y
- poder notarial tratandose de persona moral, para acreditar el carácter del representante legal, del que se desprenda la facultad de realizar trámites ante entidades públicas o actos de administración
Verificada la información por el IMSS, el patrón recibirá por e-mail el proyecto de convenio y la ficha de depósito con la línea de captura correspondiente, esta se paga por medio del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC.
El entero solo debe realizarse una vez que se reciba la ficha de deposito en el correo electrónico.