2912 Suplencia en IMSS Jalisco/ Conserve la documentación TLCAN

Detalles de lo dado a conocer por las autoridades competentes

Suplencia en Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada IMSS Jalisco

La señora Edith Bermúdez Alonzo, titular de Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Jalisco del IMSS, dio a conocer en el DOF del 10 de junio de 2020 que el licenciado Jorge Miguel González Herrán, en su carácter de Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos, es quien la suplirá en sus ausencias.

Para tal efecto, autoriza a esta persona para firmar y despachar la documentación relacionada con el órgano citado, incluyendo la suscripción de las resoluciones que deba emitir.

Asimismo, se deja sin efectos el nombramiento de suplencia publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2019.

 

Conserve la documentación TLCAN

El 1o. de julio de 2020 dejará de operar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), y en su lugar entrará en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC); en tanto ello pasa, los productores o exportadores pueden seguir expidiendo los certificados de origen de las mercancías originarias de la región del TLCAN en papel, y sin requerirse de la validación oficial de una autoridad competente como entidad certificadora.

Esto es, emitir esta prueba de origen de la mercancía sin ninguna formalidad, es decir, al ser de libre reproducción, solamente lo elabora y firma el productor o exportador, y lo entrega al importador para gozar de las preferencias arancelarias que otorga este tratado.

Por otra parte, recuérdese que quienes en territorio nacional llenen un certificado de origen que ampare un bien que se exporte a EUA o Canadá bajo trato arancelario preferencial, están obligados a conservar todos los registros relativos al origen del bien, en los términos del CFF, inclusive los referentes a la:

  •   adquisición; los costos; el valor y el pago del bien exportado y de todos los materiales, incluso los indirectos, utilizados en la producción del bien exportado, y
  • producción del bien en la forma en que se exporte

Por su parte, los que importen bienes originarios con trato arancelario preferencial deberán guardar el certificado de origen y demás documentación relativa a la importación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Aduanera y el CFF (art. 505 y regla 35, Resolución en Materia Aduanera del TLCAN).