2932 Reglamentaciones Uniformes del T-MEC

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente


Se publicó en el DOF del 9 de julio de 2020 el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía da a conocer las Reglamentaciones Uniformes referentes a la interpretación, aplicación y administración de los capítulos 4 (reglas de origen), 5 (procedimientos de origen), 6 (mercancías textiles y prendas de vestir), y 7 (administración aduanera y facilitación del comercio) del T-MEC.

Estas reglamentaciones surten efectos en la fecha de entrada en vigor del T-MEC, eso es, desde el pasado 1o. de julio de 2020, y comprenden, entre otros temas: 

  • definiciones de los conceptos utilizados en el capítulo de reglas de origen, y de los términos referidos en las diferentes secciones
  • normas para determinar el valor de una mercancía o material cuando haya sido expresado en una moneda diferente a la del país en que se ubica el productor (conversión de moneda)
  • criterios de calificación de origen de las mercancías, incluyendo los basados en un valor de contenido regional
  • condiciones a observar en un material recuperado que se incorpore a una mercancía remanufacturada
  • especificaciones adicionales para la aplicación de “Minimis”, incluyendo aclaraciones para el sector textil
  • costos para determinar el valor del juego de mercancías
  • ejemplos para la aplicación de ciertas disposiciones para bienes textiles, electrónicos, de juegos de mercancías, etc.
  • metodología para el cálculo del valor de contenido regional (VCR)
  • cuestiones relativas al valor de los materiales utilizados en la producción de una mercancía, cuando sean importados o comprados localmente, o materiales de fabricación propia, incluso los elementos a tomar en cuenta cuando un valor de transacción no es admisible
  • consideraciones relacionadas con acumulación de origen, el transbordo y las operaciones que no confieren origen, y
  • aspectos de las resoluciones anticipadas que, además, incluye el tema de la revisión e impugnación de las determinaciones aduaneras