3061 SE difunde acuerdos en materia de comercio exterior

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente


La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el DOF del 22 de enero de 2021, dos acuerdos de interés para los operadores del comercio exterior, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

El primero de ellos es el “Acuerdo por el que se señalan como inhábiles para la SE los días de 2021 que a continuación se indican y sus efectos para la tramitación de asuntos ante la misma”, siendo estos:

  • 1o. de febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
  • 15 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo)
  • 1o. y 2 de abril
  • 2 de noviembre, y
  • 15 de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre)

Ello, adicionalmente a los días inhábiles previstos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

El segundo es el “Acuerdo por el que se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio”.

El Comité creado tendrá por objetivo facilitar la coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de las disposiciones del “Acuerdo sobre Facilitación del Comercio” con base en la normatividad nacional e internacional aplicable, dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Dicho Comité estará integrado por representantes de las secretarías de Economía; de Relaciones Exteriores; de la Defensa Nacional; de Hacienda y Crédito Público; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Energía; de Agricultura y Desarrollo Rural; de Comunicaciones y Transportes; y de Salud, y será presidido por la persona titular de la SE, quien podrá ser suplida en sus ausencias por la persona titular de la Subsecretaría de Comercio Exterior.

Entre las funciones que tendrá el Comité están:

  • proponer la suscripción de los acuerdos y convenios entre los representantes de los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado en el ámbito de sus competencias, para complementar las acciones con el objetivo de lograr mejoras en los procesos en materia de comercio exterior
  • analizar y, en su caso, emitir recomendaciones para mejorar la eficiencia de los procesos y trámites para el comercio exterior con el propósito de reducir sus costos y eliminar barreras al comercio, de conformidad con la normatividad nacional e internacional aplicable
  • analizar el marco normativo en materia de comercio exterior y, en su caso, emitir recomendaciones, ante las instancias competentes, a efectos de que sean consideradas para su actualización o mejora, y
  • dar seguimiento de las acciones de los integrantes del Comité en cumplimiento a los acuerdos alcanzados en relación con la simplificación y automatización de los procesos en materia de comercio exterior

El Comité deberá quedar instalado dentro de los 35 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del Acuerdo.