3165 Resolución final de examen de vigencia de cuota compensatoria

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 26 de julio de 2021 la “Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de aceite epoxidado de soya originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia”.

En esta resolución se declara concluido dicho procedimiento; y se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 62.45 % por cinco años más, contados a partir del 30 de julio de 2020.

El producto objeto de la resolución es el aceite epoxidado de soya, también conocido como ESO o ESBO (por las siglas en inglés de epoxidized soybean oil); e ingresa a territorio nacional a través de la fracción arancelaria 1518.00.02, o por cualquier otra.

No estarán obligados al pago de la cuota compensatoria quienes comprueben que el país de origen de esa mercancía es distinto a los EUA.

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.