3305 Enmiendan trámites en el IMSS

Se disminuyeron los datos generales a brindar por el interesado, así como los documentos a proporcionar en diversas gestiones

El Seguro Social dio a conocer en el DOF del 3 de marzo del 2022 el acuerdo ACDO.AS2.HCT.260122/12.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria del 26 de enero de 2022, por el cual se aprobaron los plazos máximos de resolución y vigencia, así como los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar a los trámites ante el Instituto, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, el cual entra en vigor el 4 de marzo del presente año. A continuación el detalle.

Avisos de registro patronal

Se aprobaron los formatos:

  • Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio,y
  • Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio

Estos documentos se ajustaron debido a que se incluyó a las empresas prestadoras de servicios especializados o ejecutoras de obras especializadas y se eliminó:

  • el supuesto de la prestación de servicios de personal (subcontratación prohibida en términos del numeral 12 de la LFT), y
  • solicitar un registro patronal por clase, porque en la reforma en materia de subcontratación se derogó el párrafo segundo del artículo 75 de la LSS

Simplificación de trámites

Se disminuyeron los datos generales a brindar por el interesado, así como los documentos a proporcionar en diversas gestiones, para quedar de la siguiente forma:

Trámite

Plazo

Vigencia

Datos a proporcionar

Documentos a exhibir1

Máximo de la resolución

De prevención

Continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS)

Cinco días hábiles

Dos días hábiles siguientes a la presentación del aviso

Inicia con el día siguiente posterior a la baja en el IMSS o en la fecha en que se realiza la solicitud y termina por:

· declaración expresa firmada por el asegurado

· si el asegurado deje de pagar las cuotas durante dos meses, y

· cuando el afiliado sea dado alta nuevamente en el ROSS

  • CURP
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • correo electrónico
  • Identificación oficial vigente
  • escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el ROSS, con firma autógrafa o huella digital, y
  • comprobante de domicilio

Incorporación Voluntaria al ROSS2

Un día hábil

Inmediato

Un año

  • CURP
  • NSS
  • e-mail; y
  • cuestionario médico por el solicitante y cada familiar a asegurar, en su caso
  • Identificación oficial vigente, y
  • comprobante de domicilio

Seguro de Salud para la Familia

Nota:

  1. Tratándose de mexicanos que laboran en el extranjero que decidan ser inscritos por algún representante, además deben presentar carta poder simple e identificación oficial vigente
  2. Aplica para patrón persona física y trabajadores no asalariados del ámbito urbano así como los del campo

Trabajadores domésticos

Se deja sin efecto el trámite referente a la incorporación voluntaria al ROSS de este tipo de subordinados, porque ahora son sujetos de aseguramiento obligatorio en términos del precepto 12, fracción IV de la LSS.