3401 Nuevo reglamento Profedet/nuevos domicilios en unidades STPS

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La STPS dio a conocer en el DOF del 31 de agosto de 2022 dos documentos, los cuales se describen a continuación.

 

Reglamento de la Profedet

Decreto por el que se expide el Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el cual entra en vigor el 1o. de septiembre del presente año.

El cambio trascendental es la eliminación de la conciliación obligatoria, sustituyéndola por la mediación voluntaria. Esta consistirá en procurar resolver, mediante juntas de avenimiento, las disputas que surjan entre los sujetos de la relación laboral o los derivados de esta, para preservar los derechos de los empleados. Por ende:

  • los patrones no podrán ser llamados a conciliar, y no se prevé una multa por no acudir a la Profedet a mediar
  • la Procuraduría no propondrá soluciones amistosas, sino que coadyuvará a las partes interesadas a obtener soluciones favorables para los subordinados, respetando plenamente los derechos de estos, y
  • de asistir los empresarios ante la dicha dependencia y de solventar sus problemas con los colaboradores, el resultado se hará constar por escrito en un acta autorizada

En consecuencia, el Reglamento trae consigo la modificación orgánica, de facultades y de servicios de la Profedet. A continuación se muestra lo más relevante.

 

Integración

Procuraduría general

  • subprocuraduría general de asesoría, mediación y representación jurídica. A su vez se conforma por las direcciones de: asesoría y mediación; representación jurídica; y transparencia y atención ciudadana, y
  • subprocuraduría general de atención en las entidades federativas, y
  • dirección de: administración, y estadística y análisis técnico

Para el ejercicio de sus potestades, la Procuraduría contará con las áreas y demás servidores públicos necesarios, de conformidad con su Manual de Organización y Procedimientos, estructura orgánica y presupuesto autorizado.

En los casos de ausencia:

  • del procurador general, sus facultades serán ejercidas por la subprocuraduría general de asesoría, mediación y representación jurídica, o por el encargado de la subprocuraduría general de atención en las entidades federativas, en este orden de prelación, y
  • de los titulares de las unidades administrativas, se suplirán por los servidores públicos de la jerarquía inmediata inferior, de acuerdo con su competencia

 

Facultades

  • Auxiliar a los Centros de Conciliación Laboral, para otorgar información y orientación a los trabajadores que acudan a estos
  • coadyuvar con los interesados para obtener soluciones en favor de los empleados en el arreglo de sus conflictos de trabajo individuales y colectivos en las que se respeten plenamente los derechos laborales, a través de la mediación, y
  • promover y fomentar las actividades de colaboración y coordinación entre la Profedet y las procuradurías locales de la defensa del trabajo para homologar criterios

 

Servicios que brinda la Profedet

  • Mediación
  • asistencia. Auxiliar y acompañar en las audiencias de conciliación prejudicial obligatoria a los subordinados, sus beneficiarias, así como a los sindicatos, cuando estos así lo soliciten o a petición de la autoridad del trabajo, y
    representación jurídica. Ejercer ante los órganos jurisdiccionales competentes, las acciones legales que procedan en favor de los empleados, sus beneficiarias, o a los sindicatos, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo, de previsión y seguridad social.
    Para ello, podrá promover demandas de amparo en contra de las resoluciones de las autoridades jurisdiccionales laborales cuando resulte procedente y, seguir el juicio hasta que se dicte sentencia y la misma cause ejecutoria, hasta el archivo del expediente como asunto concluido.

Asimismo, se asesorará a los colaboradores y a sus beneficiarios, y a los sindicatos, en los juicios de amparo en donde sean señalados como terceros interesados y cuando resulte procedente

 

Incompatibilidades del servicio público

Los procuradores no podrán:

  • desempeñar empleo, cargo o comisión remunerada de cualquier naturaleza de derecho público o privado, nacional o internacional, salvo los de carácter docente, cultural y de beneficencia
  • conocer de asuntos cuando pudieran incurrir en conflictos de interés
  • ejercer la abogacía por sí o por interpósita persona, excepto que se trate de su propia defensa, la de sus ascendientes, descendientes y hermanos, adoptante o adoptados
  • ejercer las funciones de persona tutora, curadora o albacea judicial, a no ser que tenga el carácter de persona heredera o legataria o se trate de sus ascendientes, descendientes, hermanos, adoptante o persona adoptada
  • realizar o desempeñar las funciones de depositario o apoderado judicial, síndico, administrador, interventor en quiebra o concurso, notario, corredor, comisionista, árbitro, y
  • por cualquier otra causa prevista en las disposiciones jurídicas aplicables

Se eliminaron los impedimentos de estos servidores públicos que preveía el reglamento abrogado.

 

Procedimientos iniciados antes del 1o. de septiembre de 2022

Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del Reglamento se atenderán por las unidades administrativas hasta su conclusión, de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio.


Cambio de domicilio de las unidades administrativas de la STPS

También se divulgó el Aviso General mediante el cual se da a conocer el cambio de domicilio de las unidades administrativas de la STPS, a fin de informar a las dependencias y entidades de la administración pública federal, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, gobiernos de los estados, órganos autónomos y al público en general, que en el domicilio ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos 1968, colonia Los Alpes, alcaldía Álvaro Obregón, CDMX, CP 01010, a partir del:

  • 2 de septiembre de 2022, se encontrarán la:
    • Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral y
    • Unidad del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, y
  • 9 de septiembre de 2022, se localizarán la:
    • oficina de la secretaria de la STPS
    • unidad de política laboral y relaciones institucionales
    • dirección general de: relaciones institucionales y políticas públicas y órganos de gobierno, y
    • unidad de enlace para la reforma al sistema de justicia laboral

Por lo que, a partir de las fechas señaladas, la correspondencia, los trámites, las diligencias, las notificaciones, las citaciones, los requerimientos y los demás asuntos de competencia de las unidades administrativas que se indican, se remitan y realicen en días hábiles, en el lugar señalado.