La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 3 de octubre de 2022 la “Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de los Estados Unidos de América, el Reino de España y la República de la India, independientemente del país de procedencia”, la cual entrará en vigor el día siguiente.
Esta resolución declara concluido el citado procedimiento, y se prorroga por cinco años más –contados a partir del 21 de abril de 2021– la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a ese producto, en los siguientes términos, para las importaciones originarias de:
- EUA, 575.01 dólares por tonelada métrica para las provenientes de Stupp Bros., Inc. y para las demás empresas exportadoras, con excepción de las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta sujetas a cuotas compensatorias conforme a lo establecido en la Resolución final del examen de vigencia y la revisión de oficio del 18 de noviembre de 2011, e
- India, 128.24 dólares por tonelada métrica para las provenientes de Welspun Corporation, Ltd. y de las demás empresas exportadoras
Asimismo, se elimina la cuota compensatoria definitiva de 62.22 dólares a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal originarias de España.
El producto objeto de la resolución ingresa a través de las fracciones arancelarias 7305.11.02, 7305.12.02 y 7305.19.99, o por cualquier otra.
Los importadores no estarán obligados al pago de estas cuotas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a los EUA e India.