Reforma a la LFT en materia de vacaciones
La STPS publicó en la versión vespertina del DOF del 27 de diciembre de 2022, el Decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones, el cual entrará en vigor el 1o. de enero de 2023.
Los principales cambios para las vacaciones de los trabajadores son:
- el primer año cumplido tienen el derecho de disponer de 12 días laborables, los cuales aumentarán cada año dos días hasta llegar a 20 y después del sexto año dos más por cada cinco años laborados
- derecho a por lo menos 12 días laborables consecutivos con goce de salario, y
- el periodo vacacional, a potestad del colaborador, podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera
Si bien, esta enmienda entrará en vigor el 1o. de enero de 2023, el artículo segundo transitorio señala que será aplicable para las relaciones laborales entabladas a la fecha de su publicación, sin importar su forma o denominación, siempre que resulte más favorable a los subordinados.
Código de Comercio
Se dio a conocer en el DOF del 27 de diciembre de 2022, el acuerdo por el que se incrementaron los importes de diversas cuantías previstas en el Código de Comercio, las cuales entrarán en vigor el mismo 1o. de enero de 2023 y son las siguientes:
- $ 9,797.28, multa impuesta por un juez como medida de apremio para que haga cumplir cualquier determinación (art. 1067 Bis, fracc.II)
- $ 4,898.64, multa aplicable a los peritos omisos en presentar su escrito de aceptación y protesta del cargo o dictamen pericial en el término concedido por el juez (art. 1253, fracc. VI)
- $ 816,439.97, cuantía de la suerte principal de las resoluciones que serán irrecurribles (art. 1339)
- $ 816,439.97, monto por el que no será procedente la apelación en juicios mercantiles ventilados en los juzgados de paz o cuantía menor (art. 1340), y
- de $ 2,750.29 a $ 8,906.91, para cualquiera de las partes que no asista a la audiencia preliminar sin causa justificada (art. 1390 Bis 33)
Ley General de Sociedades Mercantiles
La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 27 de diciembre de 2022, el acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Este entrará en vigor el 1o. de enero de 2023.
De acuerdo con el documento, el factor de actualización que aplicará para 2023 es de 1.780, por lo que los ingresos de este tipo de entidades en este año no podrá rebasar el importe de $6,783,425.40
Este ajuste se hizo tomando el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el que se efectúa.