3502 Decreto de cierre del AICM para transporte de carga

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en el DOF del 2 de febrero de 2023, edición vespertina, el “Decreto que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México –AICM– Benito Juárez, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica”, el cual entró en vigor este mismo 3 de febrero de 2023.

Este decreto establece que queda cerrado el AICM para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga; y que cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de su entrada en vigor, para reubicar sus operaciones fuera de este.

Asimismo, prevé que quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.

Por otra parte, en este mismo instrumento se instruye a:

  • la Agencia Federal de Aviación Civil, a actualizar las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación; y revisar y modificar, en su caso, los permisos del servicio al público de transporte aéreo internacional regular y no regular de carga y, en su caso, autorizar las rutas
  • la SICT, a efectuar las acciones necesarias, a fin de revisar y modificar, en su caso, las concesiones del servicio al público de transporte aéreo nacional regular y no regular de carga, y
  • al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V., a llevar las gestiones para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue, de conformidad con este decreto, lo establecido en las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación, así como lo dispuesto en las declaratorias señaladas al efecto en este decreto

Por otra parte, dispone que permanecen vigentes el decreto del 13 de enero de 1994, que prevé el cierre de este aeropuerto a partir del 1o. de junio de 1994, para las operaciones de aeronaves que se indican; la declaratoria de saturación en el campo aéreo este aeropuerto, del 29 de septiembre de 2014; y la resolución por la que se declara la saturación de los edificios terminales de este aeropuerto del 3 de marzo de 2022.